Antología de la Independencia del Perú

ANTOLOGIA 7 "La intención de S. M. benignamente manifestada en sus mul– tiplicadas leyes y ordenanzas no es otra que la del buen tratamiento y conservación de los indios. Aun en el punto de mitas se hace pre– ferente en S. Real piedad comparada la utilidad de la saca de los me– tales _y extracción de sus riquezas, por que poco importarían estas, si la extinción de los indios las podía hacer poco duraderas por que fal– tando aquellos, faltarían también estas. La necesidad hizo oportu– no, y de menos inconveniente el auxilio de la Mita, interin poblado el cerro de Potosí podía proveerse de trabajadores, sin la pensión de ocurrir por ellos a Provincias remotas como es la de Canas y Canchis que dis– ta más de doscientos leguas de Potosí. Considere V. E. qué jornada es– ta, y qué caminos para transitarlos a pie como lo hacen aquellos mise– rables indios. Ya se deja ver cuánto será su trabajo, su incomodidad y su molestia. A más del tiempo que gastan en la jornada llegan ya aestroncados incapaces de sufrir la dureza de la labor de las minas. "No es menos el vejamen que en aquella residencia padecen, por que ya parece que se ha hecho, o naturaleza, o sistema el mal trata– miento de los Jndios al paso que se consideran y son tan útiles y ne– cesarios. Por las diligencias practicadas ante los Alcaldes de aquellos pueblos consta la sevicia que sufren; las tareas indebidas con que son gravados y demás abusos que experimentan. Presentadas en debida forma el suplicante por que los Indios tienen mal recomendados su verdad después de todos son unos infelices, y son los que llevan el tra– bajo y la peor parte en su humilde condición y la malicia para poner– se en cubierto de las resultas de su mal procedimiento contra unos na– turales que tanta compasión merecen a S. M. y a V. E. sobre dar diver– sos coloridos a los sucesos prácticos para que no tengan aceptación las quejas de su agravio. "No es esto lo que principalmente comprende el actual recurso. Redúcese a exponer la imposibilidad en que está constituída aquella Provincia para poder continuar con la Mita de Potosí por la extrema decadencia a que han venido los Indios insufientísimos para alternar y deducir dicha Mita GOnforme a lo que tienen prescripto las Leyes y Reales Ordenanzas en circunstancias en que aún prescindiendo de la distancia y de la decadencia de los Indios hay co:gioso número de tra– bajadores establecidos en dicho Cerro de PotosJ, con los que sin necesi– dad de las Mitas pueden laborearse las Minas, aun cuando estuviesen muy florecientes. · "Con este respecto las ordenanzas comprendidas en el Lib. 27, 18 del servicio personal de los Indios prefieren las reglas con que deban observarse sus Mitas. Por la ordenanza primera de dicho T. y Lib. al Capítulo 10 tratando de la conservación de estas Provincias depen– diente de la labor y beneficio de las Minas y de la necesidad que se tie– ne de la industria de los Indios, expresa S. M. con todo el mucho deseo que tiene de que sean relevados en cuanto fuere posible y de que no haya repartamiento de ellos interin los Mineros se proveen de negros o jornaleros voluntarios; en el capítulo 2 tratando del Mineral de Po– tosí, manda que para expedir sus labores se procure por la mejor vía y forma posible que se repartan las mitas de aquellos Indios que hubie– re en el asiento y sus comarcas. En el Capítulo 14 se encarga el pun– tual y competente jornal que deba pagárseles y el particular cuidado de su salud y buen tratamiento en lo espiritual y temporal, y que a los

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