Antología de la Independencia del Perú

ANTOLOGIA 509 · La religión es tan necesaria en una ley fundamental, como que sin ella no hay Estado. La misma razón enseña ciertas obligaciones hada Dios, y es justo que reunidos en sociedad los hombres, adquiera el ejerciGio de ella un nuevo vínculo que forme y asegure la moral pú– blica. La obra está en elegir la creencia que indudablemente consigne las verdades reveladas en concurso de la multiplicidad de sectas que dividen al linaje humano, a fin de que convencida la Nación de la verdadera, procure mantenerla en su pureza. Los peruanos felizmente profesan la cristiana, según y cómo la enseña la iglesia Católica, Apos– tólica, Romana; circunstancia que unida a la posesión en que se ha– Pan de su doctrina, exige una constante protección, pero sin separar– se de los medios que su Divino Autor tiene anunciados en el Evange– lio; debiéndola prestar un respeto inviolable cualquiera que habite en e1 Estado. Síguese luego el Estado político de los peruanos, como partes constitutivas de la Nación, bajo los aspectos en que el derecho y la con– veniencia pública deben presentarlos, ya como miembros puramente sociales, ya como influyendo en los altos destinos de la patria. Los pri– meros son todos los que nacen en el territorio, y aquellos todos a quie– nes este adopte según la ley, extendiéndose esta filiación hasta a los nacidos de padres peruanos aun fuera del territorio. Porque si un pronunciamiento leg~l comunica derechos que sólo parece dispensar la naturaleza, ¿cómo no ha de encontrar hijos la República en los que le deben su existencia originaria? Sus obligaciones están tan señala– das, que faltando a alguna de ellas, o se hacen indignos del nombre de peruanos, o delincuentes si quebrantan otras. ¡Qué gloria para la Re– pública, si cada uno de sus hijos se distingue por su verdadero amor a la patria, velando escrupulosamente en la guarda de los principios de la justicia y beneficencia natural y uniendo el estudio del decoro de la Nación con el de los fueros personales! La comisión cree, señor, que realzados estos oficios por la ley fundamental desaparezcan muy breve las aficiones coloniales de que aún debe resentirse, como todas las de– más, esta parte de la América. Pero, aún hay obligaciones tan sagradas, que cualquiera infrac– ción supone un crimen. Tales son: la fidelidad a la Constitución, la observancia de las leyes en que consiste la verdadera libertad y el res– peto a las autoridades que mandan en su nombre. Sin que desmerez– can 1a atención del Congreso los artículos 11, 12 y 13 para desagraviar de algún modo los fueros de la naturaleza altamente hollados por la mercancía de nuestra propia especie; debiendo desconocer el Perú al que aún fuera de su territorio se ocupare en ella, y no admitir en su seno al extranjero que tuviere igual conducta. Por lo demás la Na– ción no puede hacer novedad, ni en la propiedad heril, ni en los con– tratos particulares que de ella resultaren, mientras no se cuente con un fondo suficiente para indemnizar a los propietarios cuya justicia, e:omo cimentada en la buena fe, es más imperiosa que la humanidad. El ciudadanato es en las repúblicas el atributo más glorioso y res– petable, y el que, en la plenitud de sus goces, conduce exclusivamen– te hasta la primera magistratura; siendo cosa averiguada, .que radi– cado en los dere~hos sociales, sólo debe desenvolverse bajo las reglas de la utilidad común. Y esta norma ha nivelado el voto de la Comi-

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