Antología de la Independencia del Perú

ANTOLOGIA VIII La representación tendrá por base la población. IX La Constitución debe proteger: 1 .-La libertad de los ciudadanos. 2.-La libertad de imprenta. 3. -La seguridad perrnnal, y la del domicilio. 4. -La inviolabilidad de las propiedades. 5. -La del secreto de las cartas. 6. -La igualdad ante la ley, ya premie, ya castigue. 513 7 .-La igual repartición de contribuciones, en proporción a las facultades de cada uno, y lo mismo la de las cargas públicas. . 8. -El derecho individual de presentar peticiones o recursos al Congreso, o al Gobierno. 9. -La abolición de toda confiscación de bienes. 10 .-La abolición de todas las penas crueles, y de infamia trascen– dental. 11. -La abolición de los empleos y privilegios hereditarios. 12. -La abolición del comercio de negros. X El principio más necesario para el establecimiento y conserva– ción de la libertad, es la división de las tres principales funciones del poder nacional, llamadas comunmente tres poderes, que deben deslin– darse, haciéndolas independientes unas de otras en cuanto sea dable. XI El poder legislativo debe ser esencialmente uno, y no combatir contra sí mismo . XII La iniciativa de las leyes sólo compete a los representantes de la Nación juntos en Congreso . XIII Los Diputados a Congreso, como representantes de la Nación, son inviolables en sus personas, y nunca serán responsables de sus opi– niones. XIV El ejercicio del poder ejecutivo nunca puede ser vitalicio, y mu– cho menos hereditario. XV Los que ejercen el poder ejecutivo, y los Ministros de Estado, son responsables in solidum por las resoluciones tomadas en común y ca– da Ministro en particular por los actos peculiares a su departamento .

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