Antología de la Independencia del Perú

ANTOLOGIA 515 XXIV La Constitución que ahora se formare queda sujeta a la ratifi– cación o reforma de un Congreso general, compuesto de los diputados rte lHs provincias actualmente libres, y de todas las que fueren desocu– padas por el enemigo. Tendréislo entendido y dispondréis lo necesario a su · cumpli– miento, mandándolo imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso, en Lima a 16 de Diciembre de 1822 .- 39 de la Independen– cia.- 1 9 de la República. -Juan Antonio de Andueza, Presidente.– Tomás Forcada.- Julián de Morales.- Eduardo Carrasco.- Miguel Otero.- Toribio Dávalos.- Francisco Rodríguez.- Esteban de Navia y Quiroga.- .losé Mendoza.- José de Larrea y Loredo.- José Bartolo– mé Zárate.;_ Tiburcio Arce.- José María del Piélago.- Tomás de Méndez y Lachica.- José Correa y Alcántara. -Toribio de Alarco.– Nicolás Araníbar.- Miguel Tafur.- José Pezet.- Rafael García Man– cebo.- Bartolomé de Bedoya.- Joaquín Paredes.- Mariano Navia de Bolaños.- Manuel Antonio Colmenares.-- Juan Zevallos.- .José Ra– fael de Miranda.- R. Ramírez de Arellano.- Pedro Antonio Alfaro de Ar– guedas.- Manuel Pérez de Tudela.- Cayetano Requena.- Felipe Cué– llar.- Javier de Luna Pizarro.- Francisco A. Argote.- Manuel Ferrey– ros.- Miguel Tenorio.- Manuel José de Arrunátegui.- Hipólito Una– nue.- Ignacio Antonio de Alcázar.- F. J. Mariátegui.- Mariano José de Arce.- Santiago Ofelan.- Tiburcio José de la Hermosa.- Tomás Diéguez.- Antonio Rodríguez.- Alejandro Crespo y Casaus.- José de Iriarte.- Martín de Ostolaza.- Pedro José de Soto.- Francisco He– rrera Oricain.- Toribio Rodríguez.- José Lago y Lemus.- Justo Fi– guerola.- Francisco Javier Pastor.- José Gregorio Paredes.- Maria– no Carranza.- Alonso de Cárdenas.- Juan José Muñoz.- Mariano Quezada y Valiente.- Ignacio Ortiz de Zevallos.- El Marqués de Sa– linas.- José de Olmedo.- Gregorio Luna, Diputado secretario.- .José Sánchez Carrión, Diputado secretario. Por tanto, ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus partes por quienes convenga.Dará cuenta de su cumplimiento el Ministro de Estado en el departamento de gobierno. •Dado en el palacio de la Jun– ta Gubernativa en Lima a 17 de Diciembre de 1822.- 3Q_ 1 Q de la República.- José de la Mar.- Felipe Antonio Alvarado.- El Conde de Vista-Florida.- Por orden de S. E.- Francisco Valdivieso. "Bases de la Constitución Política de la República Peruana" en Bases de la Constitución Política del Perú (Lima, 1822), s/p.

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