Archivo Riva Agüero

124 CARLOS DEUSTUA P. - JOSÉ A. DE LA PUENTE C. y el Señor Fiscal de la Corte Suprema de Justicia. Registrense esos tres expedientes, y allí se compro– bará esta aserción. Pero todavia hay mas; en la Se– sion de la Camara de Diputados del dia 16 de No– viembre del año proximo pasado se há sostenido en esa Camara "Que conforme á la ley dada por el Con– greso en Octubre de 1848 se dispone que los bienes correspondientes á la extinguida Caja de Censos se vendiesen por creditos públicos, y que si esto se elu– diese por reclamar para destinarlos a otros objetos desapareceria el cumplimiento de esa ley, la cual ha– biendo sido promulgada no hay derecho para nin– gun reclamo". Luego es intempestiva la tenaz opo– sicion de esa oficina á negarse al cumplimiento de esa ley. Si de la Caja de Censos se pagan algunas pensiones para Cera ú otras cosas, no es señalado tal ó cual principal impuesto sobre ellas, sino de la masa Comun de los productos : asi es un efugio (sic) y no otra cosa, para impedir el cumplimiento de la ley, pretextar esas arvitrarias asignaciones y esta opos~cion indica que ese Subalterno le impele otro interes diverso que el que aparece. Ultimamente ha– llandose ya sustanciados mis tres expedientes no hay para que entablar una nueva sustanciacion; porque eso seria formar un circulo vicioso, que no tendria otro efecto que hacer reproducir al Tribunal de Cuen– tas y Ministerio Fiscal lo mismo que tienen repeti– damente dicho y es que se me adjudiquen los bienes que tengo pedidos en amortizacion de mis creditos. Estos consisten en que se me deben muchos años de sueldos, y cuando estos han sido pagados á los de– mas en dinero sonante parece que la justificacion de Vuestra Excelencia no debe dilatar por mas tiempo el satisfacerme los que se me deben. Vuestra Exce– lencia ha dicho ultimamente al Congreso en 26 de Noviembre del año ultimo, que yo no admitía el que– dar en el numero Constitucional de unico Mariscal, porque me hallaba procsimo á partir para Europa, á reunirme con mi familia. Y si Vuestra Excelen– cia no dispone la amortizacion de mis creditos di– rectos contra el Estado ¿como, ni cuando podre veri– ficar mi viaje? Considere Vuestra Excelencia que, por una notable falta de justicia en no pagarme mis

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