Archivo Riva Agüero
ARCHIVO RIVA-AGÜERO 127 la inobservanci~ de las leyes; y en otras causas. Sentiria en el alma el tener que dar a luz estas co– sas, pues no quisiera jamas que el nombre de la Re– publica Peruana aparezca con la menor tacha, por– que aunque presentase mi justicia con la mayor mo· deracion, siempre podría considerarse que en aque· lla no existe conseuencia para con los que le han sacrificado sus bienes, honores y respetos, y su pro– pia vida, por darle una existencia política; pero an– tes de todo es salvar mi honor, y por conservarlo perdería la vida misma. Por tanto. A Vuestra Excelencia suplico se sirva decretar definitivamente con arreglo al articulo 2? de la cita– da orden Suprema Circular de 2 del mes procsimo pasado y poner termino á mis justos reclamos. Lima á 13 de Abril de 1848 Excelentísimo Señor J oseph de la Riva Agüero Excelentísimo Señor Instruida esta oficina del anterior recurso del Ilustrísimo Se– ñor Gran Mariscal don José de la Riva-Agüero, debe decir: que despues de reproducir el informe de fojas añade que los Supre– mos decretos de 24 de Abril de 847, 2 de Julio y 6 de Octubre del mismo año que se sitan en el informe que reproducimos no estan considerados por el Tribunal Mayor de Cuentas y Ministe– rio Fiscal, respecto á que son de fecha posterior á la epoca en que expidieron sus dictamenes las oficinas mencionadas ; y así parece que siendo Vuestra Excelencia servido podrá declarar resuelta la actual solicitud en los Supremos decretos antes sitados ó lo que sea mas justo. Tesorería jeneral Lima y mayo 2 de 1848. Francisco Reyna Tomas de Vivero Lima y Mayo 10 de 1848 Vista al Señor Fiscal de la Corte Suprema Riva
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