Archivo Riva Agüero

ARCHIVO RIVA-AGÜERO 129 dominio util para consolidar el qirecto. Si hubiese pues tal enfi– teucis deberá Vuestra Excelencia ordenar que se haga saber al ac– tual posedor que si en el termino de veinte ó treinta dias paren– torios no hace uso de su derecho, se procederá á la adjudicacion del expresado dominio directo al Señor Riva Aguero con condi– cion de que ha de cumplir con los terminas del Contrato enfi– teutico hasta su conclusion; y por lo que hace á la aplicacion que tenia el canon, ella deberá hacerse del producto de otros bienes nacionales, como se hizo cuando se libertó de tal gravamen á la hacienda del Paulina para adjudicarla á quieR la pidió. Este es el dictamen del Tribunal, pero Vuestra Excelencia deberá nominar lo mas conveniente. Lima Junio 8 de 1848. Mendiburu Eslaba lrigoyen Excelentisimo Señor El Fiscal reproduce el anterior informe. Lima Junio 15 de 1848. Mariategui Lima Junio 27 1848 Vuelva a la Tesorería Principal para que se ponga constan– cia de si ha citado a la testamentaria de Don Joaquin de Azcona y del antiguo Conde de Monteblanco. Riba Señor Cumpliendo esta oficina con el anterior Supremo decreto de– be decir: que prohiviendo literalmente el Supremo decreto de 24 de Abril de 847 se amorticen las acciones destinadas al pago de la cera, es por esto, que no se há citado á los representantes de las testamentarias de don Joaquín de Azcona y del antiguo Conde de Monteblanco, para que amorticen las acciones que gravan sobre sus fondos. Tesorería principal. Lima Julio 9 de 1848. Lima Setiembre 14 de 1848 Excelentísimo Señor Tomas de Vivero Estando suspensa la adjudícacion del local que fue del Con– vento de Santo Tomas de esa ciudad por haber sido solicitada á

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