Archivo Riva Agüero

134 CARLOS DEUSTUA P. - JOSÉ A. DE LA PUENTE C. gre, su Tío, hijo del espresado Don Diego Sanches Boquete á consecuencia de los trastornos acaecidos en España, durante la guerra con los franceses, y en seguida la rebolución del Perú, para obtener su In– dependencia, no pudo ocurrir desde luego, y sorpren– dido por la muerte, hizo en su disposición testamen– taria la declaración de corresponder al Señor com– pareciente, por ministerio de la ley, el indicado Ma– yorasgo, y demás vinculaciones de familia, fundados en Lima, el título de Marquéz de Monte Alegre de Aulestía, y los goses que por todos estos respetos le pertenecen. Que en esta virtud y a consecuencia de hallarse en Europa, en el reyno de la Bélgica, su hi– jo mayor Don José de la Riva Agüero, / Vuelta y Looz Corswagen, que debe sucederle tanto en di– cho Mayorasgo, fundado en Extremadura, como en las demás vinculaciones de familia, ecsistentes en el Perú, movido del amor que le profeza há decidi– do hacer en honor suyo, seción del Mayorasgo de Extremadura y poniéndolo en efecto, en la vía y for– ma que más haya lugar en derecho y firme sea en este caso; otorga: Que usando del que las Leyes le conceden, se de– siste, quita y aparta, del que tiene, al gose del indi– cado Mayorasgo de Extremadura y lo traspasa en ~l referido su hijo primogénito a fin de que desde el día se posecione de ' l, y lo disfrute, como propie– dad suya, a cuyo efecto renuncia en forma, las le– yes de su favor, y la que prohive la general renun– ciación de ellas, protestando, no ir, ni contravenir a lo clausulado en este Instrumento, con cuyo tes– timonio, podrá el cesionario, ocurrir a las autorida– des de la villa Segura de León o las que por dere– cho deban conocer de este asunto a ·fin de que se le confiera la indicada poseci ·n y se le acuda, con los caídos que se hubiesen devengado; sobre todo lo que y demás incidente y dependiente le otorga el po– der amplio que por derecho puede conferirle, para que / Vuelta en uso de él y obrando a más en causa propia á vir– tud de esta cesión entre en la plenitud de los gases, que por ella le corresponden: Y al cumplimiento y firmeza de todo lo que va expresado, obligó el Se-

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