Archivo Riva Agüero

38 CARLOS DEUSTUA P. - JOSÉ A. DE LA PUENTE C. Chorrillos Mayo 3 de 1836. En considera– ción á los ser– vicios del Gran Mariscal que re– presenta y usando de las facultades ex– traordinarias de que halla inves– tido el Gobier– no, há venido en dispensar la falta á aquel de no haber obte– nido el permiso correspondiente p ar a contraer matrimonio con Doña Carolina Looz. Tomese razon en la Contaduría General de va– lor es y en la tesorería Gene– ral. Por orden de Su Excelencia. Sierra Chorrillos Mayo 3 836. Tomese r a z o n del anterior su– premo decreto en la Contadu– ria General de Valores y teso– reria General. Garcia del Rio Excelentísimo Señor El Gran Mariscal don José de la Riva Agüe– ro Ministro plenipotenciario del Perú cerca del Gobierno de Chile, recurre á Vuestra Excelen– cia para que se sirva hacer una aclaracion en favor de la Justicia que le asiste para que su es– posa é hijos no experimenten contradicciones en el Montepío que les corresponden despues que fallesca el que representa. Como es esencial que todo militar obtenga la correspondiente licencia para contraer ma– trimonio, y el que habla lo contrajo en Europa y á tiempo que en el Perú no existia gobierno nacional y era dominado por el General Boli– var, no le fue dado el como solicitarla. Faltan– do este requisito podria ocurrir duda para que disfrutase su esposa é hijos del montepio mili– tar que les coresponde para despues del falle– cimiento del que subscrive. Por esta razon es– pera que Vuestra Excelencia, en consideracion á las circunstancias en que contrajo su matri– monio y en virtud de las facultades extrahor– dinarias con que Vuestra Excelencia se halla in– vestido, se digne declarar al presente que su es– posa é hijos son acredores al haber respectivo del montepío; y que esta declaratoria sea toma– da razon en la Tesoreria nacional y Contaduria de Valores. Santiago y Enero 9 de 1836. Excelentísimo Señor Joseph de la Riva Agüero Tomóse razon en la Contaduría General de Valores. Lima á 5 de Mayo de 18~6 Paredes Tomóse razon en esta Tesoreria general. Lima: Mayo 6 de 1836. Burgo

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