Archivo Riva Agüero
ARCHIVO RIVA- AGÜERO 751 facultades con que hayan podido los Señores de la Suprema Corte sin concurrencia de la Sala de revista consultar o desprenderse de la causa, para haser que pasen unos autos que debieron archivarse en su Secretaria, a otro lugar que no sea ella. Por tanto. A Vuestra Excelencia pide y suplica que ha merito de lo es· puesto y bajo de la misma hipotesis de la sertidumbre de los he– chos de que se ha encargado, con la protesta hecha, se sirva. man– dar se debuelvan los autos de que se trata a la Sala de revista de la/// 82 ¡// Excelentísima Corte Suprema para la resolucion del recurso pendiente, y para que se proceda en todo con arreglo a las leyes segun es de justicia que implora, reservandose usar del derecho que le competa, donde y contra quien viera convenirle. Lima Agos– to 10 de 1832. Joseph de la Riva Agüero. "al margen de la pag 78" Pide que en la hipotes.is de ser sierto el haberse pasado por la Excelentísima Corte Suprema los autos de que trata, á este supre– mo govierno, se le debuelvan inmediatamente sin darles curso ni sustanciacion alguna, por los motivos y fundamentos que deduce. 83 Lima y Agosto 10 de 832. · Remítase al Congreso donde penden los antecedentes. /rubrica/ Por su Excelencia Río. Señor.= La Comision de Justicia, á la que se ha pasado la consulta, que hace el Presidente de la Corte Suprema de Justicia al Congreso por conducto del Ejecutivo, sobre la causa de cargos contra Don Jase de la Riva Agüero, que ha pendido en aquel Tri– bunal, que: que la consulta se origina de la diverjencia, que ha ha– bido, por razon de jurisdiccion entre las Salas.de Vista y la de Re– vista. Pronunció sentencia la primera declarando, no prestar me– rito para el sequito de la causa los hechos anteriores al decreto del primer Congreso Constituyente de 23 de Junio de 1823, que lo destit':1Yº de la Presidencia de la Republica, y no tener jurisdic-
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