Archivo Riva Agüero

772 CARLOS DEUSTUA P. - JOSÉ A. DE LA PUENTE C. 104 105 Lima y Setiembre 12/832. Devuelvanse á la Corte Supre· ma. /rubrica/ Por su Excelen- cia Rio. rre ! ! ! Y ello mediante. Al Con T so por la Camara de Diputados pi- de/// ///Y suplica se sirva asi ordenar, por ser confor– me con la justicia. OTRO SI dice: que á efecto de que la Camara se instruya con mas facilidad de los fundamentos que tubo la del Senado para proceder y resolver contra lo que reclama el Señor Vidaurre, el que representa tiene por conbeniente acompañar un exemplar impreso de los recursos presentados al al ~ jecutivo y a la Camara referida del Senado: y en su consecu ncia. A la Camara pid , que habiendolo por pre– sentado se sirva tenerlo en consideracion, y pro· ceder confarme a lo que de el resulta. Lima 27 de Agosto de 1832. Joseph de la Riva Agüero. REPUBLICA PERUANA Secretaría de la Cámara de Diputados Lima á 11 de Setiembre de 1832. Señor La Camara de Diputados, en vista de la apre– ciable nota de Usted fecha 22 de Agosto ultimo, acompañandome, de orden del Ej cutivo los autos de Don Jose de la Riva Agüero, juntamente con la nota, con que el Señor Presidente de la Corte Suprema los dirijió á ese Ministerio, pidiendo se pasase aqui su consulta de vuelta por el Senado, relativa á las dudas que le han ocurrido en aquella causa; y teniendo en consideracion que por el ar– ticulo 52 de la Constitucion, solo deben pasar de

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