Archivo Riva Agüero
ARCHIVO RIVA- AGÜERO ANDRES SANTA CRUZ, SUPREMO PROTECTOR DE LA CONFEDERACION PERU-BOLIVIANA CONSIDERANDO 887 19 Que á consecuencia de la defeccion del Presidente provisorio del Estado del Norte don Jose Luiz Orbe– goso, ha cesado la unica autoridad legal con que fue investido durante mi ausencia. 29 Que al mismo tiempo ha contrariado los votos y las resoluciones del Congreso de Huaura, unica fuente de su poder, para cuyo cumplimiento solamente le delegué las facultades que podía delegarle. 39 Que por esa defeccion queda expuesto el Estado del Narte á ser presa de la anarquía y de la conquista con que le amenaza el Gobierno de Chile. 49 Que es urjente acudir á la seguridad de aquel Esta– do, proveyendole de una autoridad fiel que reuna sus esfuerzos á la defensa comun: en uso de las fa– cultades con que me invistió el referido Congreso de Huaura. DECRETO Articulo 1 C? Queda nombrado Presidente provisorio del Estado. Nor-Peruano don Jose de la Riva Agüero y por Vice– Presidente del mismo Estado, el Jeneral de Brigada don Pedro Bermudez. 29 Este nombramiento subsistirá, mientras los repre– sentantes del Estado legalmente runidos, no lo re– voquen. 39 En caso de no poder tomar el mando del Estado el Presidente nombrado, por causas imprevistas, se en– cargará de él el Vice Presidente. 49 El Presidente ó el Vice-Presidente, cada uno en su caso, quedan autoriz'ados con las mismas facultades que se confirieron por el decreto de 9 de Febrero del presente año datado en la Paz; y en su virtud, pue– den tomar cuantas medidas concideren convenien– tes para salvar la Patria del inminente peligro en que se halla. 59 Mi Secretario Jeneral queda encargado del cumpli– miento de este decreto, y de mandarlo publicar, im-
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