Archivo Riva Agüero

ARCHIVO RIVA- AGÜERO 73 deducida tambien la 3~ parte de rebaja en el plazo señalado ven– drá á adjudicarse al acreedor por la suma de. . . que en aquella fecha debe componer el jornal é intereses vencidos segun lo esti– pulado y con deduccion de los arrendamientos pues estos solo han producido 36 pesos mensuales hasta el dia. 4i:' Que durante los seis años de que se ha hecho mérito tam– bien será del cargo del deudor Don José de la Riva Agüero ó sus representantes satisfacer los reditos (roto) jornal de los 2000 pe– sos que grava el fundo segun lo expuesto en la clausula antece– dente; y tambien abonables al acreedor para el caso de devolu– cion las mejoras ó reparos necesarios que haga en la finca, sien– do prevenido que por virtud de la presente se devuelve a la otor– gante el expediente de credito en favor de su esposo de que habla el paga. . . (roto) inserto para que pueda disponer de él libremen– te por qued. . . (roto). . . do el acreedor con la finca en la inteli– gencia precita que el puntual y exacto cumplimiento de este con– trato no exije otra formalidad mas de la del vencimiento del pla– zo estipulado ó la devolucion del dinero que es el otro extremo para que ó se entienda sin afecto la adjudicacion insolutum ó por concluida esta (roto) la respectiva anotacion al marjen. A lo que Usted Señor Secretario agregará las demas clausulas de estilo. Debe agregarse ademas entre las clausulas de la presente es– critura que para el .(roto) avo (roto) la (roto) Judicacion insolu– tum reputandose (roto) esta (roto) . .. na venta, el deudor es obli– gado al sama ... (roto) de la especie por los pleitos que puedan suscitar ... (roto) ... bre la finca á los que deberá responder con los daños y perjuicios que reciba. Ajustamiento que forma la Tesorería General de Lima al Ilus– trísimo Señor Gran Mariscal Don José dela Riva-Agüero, de sus haberes Vencidos en el tiempo que se expresará Ha de Haber Por su Sueldo del año de 835 como Gran Mariscal En 9 meses contados desde Enero de 836, hasta Septiembre del mismo año á razon de 583 pe– sos 2 % reales en cada mes, como id. . . . . .. Pesos 7.000 5 .249 . 6 Y2 12. 249 . 6%

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