Asuntos militares

10 GRAL. EP FELIPE DE LA BARRA un alivio a la tropa; sin el cual sería forzoso que cayesen en el fa– llecimiento y dispersión, y por esto es que se encarga seriamente la ejecución de esta medida de previsión militar. 1O. Las marchas o posiciones que en sus primeros e inme– diatos pasos deberá tomar la división, serán siempre con con– cepto a poder reembarcarse prontamente, con objeto de socorrer la capital, luego que se sepa que el enemigo carga sobre ella. Esta es por ahora el centro de nuestro poder, recursos y opinión ; y na– da interesa más que sostenerla a toda costa. Mas, una prevención semejante como tan delicada, debe estar sujeta a los avisos y ór– denes oportunas que se den sobre el caso, y a las circunstancias mismas en que se vea la división por el orden de los sucesos, ya en fin al conocimiento que se tenga de la verdad de la fuerza, pla– nes, movimientos y combinaciones del enemigo. 11. Por estas mismas observaciones, se podría subdividir en dos expediciones la división, si se creyese interesante. 12. Convendrá demasiado guardar la más activa comunica– ción con esta capital, dando partes frecuentes de las ocurrencias, y pasando las noticias respectivas del armamento, municiones y demás artículos adyacentes, para que con celeridad se remedien las faltas que pueden haber, y trasmitirse las órdenes necesarias. Esta comunicación no interrumpida es la que puede uniformar los movimientos, y hacer accequibles las combinaciones; pues sin ella habría una discordancia, en el plan general de observaciones que debe seguirse según los casos. 13. S. E. el Supremo Protector, dará por separado el plan de campaña que se deba observar. Pongo a cargo de US. una división compuesta de mil sete– cientos a ochocientos hombres con los adyacentes necesarios de armamento, municiones y demás artículos de guerra, bastantes para armar cuatro mil hombres. Ella va en los buques de tras– portes capaces de admitir a su bordo 2,500 y con víveres para tres meses. No siendo posible dar a largas distancias instrucciones direc– tas y positivas, queda US. por éste y en conformidad de mis pre– venciones verbales autorizado para obrar en la parte militar, de acuerdo con el jefe de Estado Mayor; y en lo político según lo dicten su prudencia y las circunstancias, consultando en uno y otro el buen éxito de la expedición y la organización en los pue– blos que sucesivamente se liberten del yugo español.

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