Asuntos militares: estado militar, años 1824-1825-1826

178 GRAL. EP FELIPE DE LA BARRA 39 Cada compañía se compondrá de un sargento primero y tres segundos, seis cabos primeros y otros tantos segundos, tres tambores (en cazadores cuatro cornetas) y ciento treinta soldados. 49 La plana mayor del cuerpo, de un Comandante de la clase de Teniente Coronel, un Sargento Mayor, un Ayudante Mayor de la clase de Teniente, un Segundo Ayudante de la de Subteniente y un capitán, un teniente y dos subtenientes. 59 Para estos destinos se preferirán aquellos oficiales que por su edad, males, o cansancio, no puedan servir en el ejército de línea, y cuya conducta y principios estén acreditados. 69 . Las compañías se compondrán de los oficiales siguientes: un capitán, un teniente y dos subtenientes. 79 El actual Comandante de Cívicos elevará al Gobierno las propuestas correspondientes en virtud de este decreto. 89 El Gobierno destinará fondos para proveer a este cuerpo de armamento. El vestuario será de cuenta de los individuos que lo compongan. 99 El Ministerio de Estado en los Departamentos de Guerra y Marina queda encargado de la ejecución de este decreto . Imprí– mase, publiquese y circúlese. Dado en el Palacio dictatoria~ de Lima, a 11 de Enero de 1825. Simón Bolívar. - Por orden de S.E. - Tomás de Heres. A. Gral. de la N. 0.L. 130-3a. Es copia, Heres

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx