Asuntos militares: estado militar, años 1824-1825-1826
ESTADO MILITAR AÑO 1824 179 SIMON BOLIVAR, Libertador Presidente de la República de Colombia encargado del poder dictatorial de la del Perú, etc., etc. CONSIDERANDO: Que por el Decreto de 7 del presente debe levantarse en las capitales de los Departamentos de la República una fuerza de ca– ballería con la denominación de Milicia Cívica . He venido en decretar y decreto: 1<> Se levantará en esta Capital un escuadrón de milicia cí– vica con la fuerza de doscientas plazas. 2~ El escuadrón se compondrá de dos compañías con la deno– minación de primera y segunda. 3Q Cada compañía se compondrá de un Capitán, dos Tenien– tes, un Alférez, un Sargento primero y un segundo, seis Cabos pri– meros y otros tantos segundos, tres Cornetas y ochenta y un sol– dados. 49 La plana mayor, de un Comandante de la clase de Tenien– te Coronel, un Ayudante de la de Teniente, un Porta de la de Alfé– rez. De los dos Capitanes, el de más aptitud, a juicio del Jefe del cuerpo, llevará el detall; de los dos Sargentos primeros, el más antiguo será Brigada. Los mismos Sargentos y el Ayudante serán veteranos. 59 Este cuerpo se armará todo de lanza y sable, y la primera compañía usará, además, carabina. 6? El actual Comandante de Cívicos elevará al Gobierno las propuestas correspondientes en virtud de este Decreto. 7Q El Gobierno destinará fondos para proveer a este cuerpo de armamento. El vestuario, caballos y monturas, será de cuenta de los individuos que lo componen. 8? El Ministro de Estado en los Departamentos de Guerra y Marina queda encargado de la ejecución de este Decreto. Imprí– mase, publíquese y circúlese. Dado en el Palacio dictatorial de Lima a 11 de Enero de 1825. Simón Bolívar. - Por orden de S .E. - Tomás de Heres. A . Gral. de la N O.L. 130-3b. Es copia, H eres
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