Asuntos militares: estado militar, años 1824-1825-1826
18 GRAL. EP FELIPE DE LA BARRA de los habitantes honrados, que los enemigos volvían a invadir estas Costas, añadiendo que el Señor General en Jefe del Ejército había dado órdenes terminantes para que se destruyesen los alfalfares de ellas, que deben servir para mantener nuestra Caballería: me veo en la precisión de dictar los artículos siguientes : 1<'-El vecino que de hoy en adelante no riegue y cuide sus alfalfares en los t6rminos que está mandado, será conducido al Can– tón de Torata y juzgado por la Comisión Militar que al efecto he mandado nombrar; perdiendo desde luego los animales que se en– cuentren comiendo en dichos alfalfares sean de la clase que se fue– sen, pues para la subsistencia de éstos les queda la alfalfa de las vifias . 2~-Los peones o criados que se encuent ren segando los alfa!· fares, serán desde luego destinados al servicio de las Armas; sin perjuicio de que los duefios de ellos queden sujetos a la Comisión Militar . 39-No servirá de disculpa a los duefios de los alfares, el ma– nifestar que la alfalfa quede un día para otro echen de menos en ellos, los oficiales y tropa encargados de recorrerlos, ha sido robada durante la noche, en la cual deben celar ellos mismos o destinar peones que lo hagan. 4~-Los alfalfares que hay desde la quebrada de Tismo [sic] has· ta los altos de Valdivia, comprendiéndose en ellos los de Tumilaca y Otora, serán los destinados por ahora para la división de Caballe– ría, y los que deberán conservarse bajo el modo y responsabilidad que digo ; sin que la trasladación de dicha división a la Cam· pifia de Arequipa u otro punto, los autorice para hacer uso de ellos, pues si llegase este caso sería con el objeto de mandar segar y emperchelar todo un corte entero. 59-y último : Este bando será publicado y fijado en los pa ra– jes más públicos en donde puedan imponerse todos los habitantes que contiene el territorio referido, para que en n in gún t iempo pue– dan alegar disculpa de ninguna especie . Moquegua, Enero 12 de 1824. Ferraz Por recibido: Publíquese, y fíjese en los sitios acostumbrados. Fecha . Ut Supra . Aurelio Gago Ref.: Colee. Lilly, Ind. Univ.
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