Asuntos militares: estado militar, años 1824-1825-1826
386 GRAL. EP FELIPE DE LA BARRA Por orden de S.E. Salazar Al Señor Ministro de Estado en los Departamentos de Guerra y Marina. Señor General : El Señor Coronel del Regimiento N? 3 con fecha 17 del co– rriente me dice lo que copio : "Incluyo a V. S. una lista de los oficiales que por las notas que llevan, no los he considerado acreedorse a darles colocación, a pesar de las vacantes que resultan en el Regimiento, pues, es preciso que no se confundan los buenos servidores, con aquellos que sus vicios, o mal comportamiento y abandono los separa de toda sociedad, y mucho más, de una corporación en que debe brillar la moral. militar, y costumbres . Solo con estos ejemplos puede sostenerse el Cuerpo con el decoro que debe tener, y llenar yo mis deberes para responder de él en todo tiempo. - El Tenien– te Golé que lleva la nota de viejo y achacoso, seria más útil en cuaquiera destino pasivo, pues para el que obtiene, es absoluta– mente nulo". En este concepto tengo el honor de acompañar a V. S. copia de la lista; afi.adiendo que para poder elevar este acontecimiento en que está interesado el honor y reputación de los oficiales que ella contiene, delibere, para no aventurar la verdad, adquirir in– formes secretos de los jefes, y oficiales ; que por su honradez y veracidad me merecen concepto; y en sus testimonios no han desmentido en nada las notas que les ha estampado su Coronel : Pero permitame V. S. que segregue del número de ellos al Teniente 2? Golé, que examinada la falta que ha ocasionado su olvido en las consultas, y los informes que he procurado; resulta que no es otra, que su edad valetudinaria, por cuanto su conducta es irreprensible, s u aplicación bastante, su capacidad regular. Por otra parte las cicatrices que se ven, en su hoja de servi– cios, son una prueba irrefragable de sus buenos desvelos, y asi– duidad, y acaso de su valor. "La Cédula de premios del año 1692" llama primero para ser atendidos con sus retiros, a los oficiales que por motivos como los de este fuese forzoso separarlos del servicio, posteriormente en "Decreto de 17 de Marzo de 1785" re– frendado después con otro de "10 de Julio de 1788" se han reco– mendado muy particularmente las clases de la milicia para que
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