Asuntos militares: estado militar, años 1824-1825-1826
390 GRAL. EP FELIPE DE LA BARRA caballos a la vista, los mismos que van a servir para que pasen los electores a lea, y los que tomaron ; luego el encargado de éstos, trató de defenderlos, por cuyo reclamo, en mi presencia le dio una bofetada . Este atentado hará conocer a V. S. la autoridad a que se remiten los señores oficiales que transitan por estos in– felices pueblos, para ultrajar a sus vecinos, sin respetar en nada las autoridades, y a fin de evitar lances de igual naturaleza y otros que comunmente se originan, he de merecer a la justificación de V. S . me anuncie el modo como me he de manejar con estos se– ñores, respecto a los bagajes, pues se suelen pedir cuatro o seis bestias para emplearlas en cosas extraordinarias ajenas del ser– vicio, sin más objeto que por la investidura de oficial . Para escarmentar semejante absurdo, le impuse el arresto en la casa de su alojamiento, en el que permaneció poco más de me– dia hora, suspendiéndole el arresto, a fin de que no se atrasasen las comunicaciones que conducía. Y es todo lo que tengo el honor de comunicar a V. S. para su inteligencia y gobierno. Dios guarde a V .S . Mariano Figueroa Ref.: A. CEHMP . Aclj. Doc. N9 35. Let. Varios. Comandancia General lea, Septiembre 1? de 1825. Al Gobernador de Pisco don Mariano Figueroa . Como la Goleta Macedonia perteneciente a la Escuadra Uni– da, debe haber traído a su bordo los víveres necesarios para el viaje que S. E. el Consejo de Gobierno dispuso a fin de que con– dujese los caudales del Estado que se hallaban en ese Puerto, de– vuelvo a V. el recibo de su Capitán que me acompaña a su nota 29 del próximo pasado, cuyo importe no es posible abonar sin expresa Suprema orden, por cuyo motivo ocurrirá V. con el do– cumento al Ministerio de la Guerra, y por su conducto se comu– nicará la ocurrencia al Consejo de Gobierno, y éste en vista de todo, expedirá el Decreto correspondiente para satisfacer el cré– dito, que V. justamente reclama, pues como yo no tuve un cono– cimiento primario sobre la necesidad de víveres de la Goleta, no es fácil disponer el pago sin que la primera autoridad lo determine.
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