Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

116 ELLA DUNBAR TEMPLE gura confianza estando privados por la lenidad de nuestro estado del uso de armas, para que nos ampare en cualquier conflicto, sino a nuestro verdadero y único padre, dispensador general de sus be– neficencias para los ministros del santuario, sino a nuestro Rey y soberano Señor que sfompre ha hecho ostentación su catolicismo de favorecer con su real prodigalidad a estos sus desvalidos vasallos, que por su estado lo enternecen y lo compadec~n sus ruegos para que nos proteja y defienda de las calamidades que pudieran presentar– se? Llenos de ésta firme confianza esperamos se penetre el benig– no corazón de U. Señoría para promover nuestra solicitud en la su– perioridad; lloramos desde luego las necesidades de erario y los gas– tos que se han de impender; ¿pero, a quien ocurriremos para este esencial socorro del cual depende la feliz suerte y conservación del lugar? Las grandes fuerzas podemos adquirirlas del que sólo es grande, y grande en la generosidad y liberalidad de sus beneficios y favores. El Excmo. señor Virrey por un principio de la más sabia y ele– vada conducta hizo guarnecer muchos puntos poco tiempo ha, como lea, Moquegua, Chincha, etc., y aún habiendo después retirado las tropas dejó siempre en ellos una cumplida asamblea costeada por la real hacienda para la instrucción y disciplina de milicias que puedan servir si lo exigiesen las circunstancias. ¿Cuánto má.s no precisará en ésta ciudad el resguardo y la disciplina habiéndose· experimenta– do en ella los terribles y viles asaltos de la insurgencia? ¿Cómo no deberá solidarse y fortificarse lo que por sí mismo carece de estabi– lidad y firmeza? ¿Cómo no deberán ponerse las más activas dili– gencias para conservarle ilesos y sin arruga sus dominios al Mo– narca? U. Señoría como su magistrado, lleno de ilustración y dis– cernimiento y penetrado de la vigilancia con que mira los reales in– tereses en las actuales circunstancias, podrá establecer en ésta ciu– dad, si es de su superior aprobación, para ahorro del erario una par- . te de la plana mayor que r,eside en Tarma, para el arreglo e instruc– ción de estos regimientos, supuesto que aquellos están suficientemen– te adornados y ventajosamente expeditos en la disciplina militar. Reconociendo U. Señoría que todas éstas provincias están a su cargo, y que todas le deben iguales cuidados y atencion podrá acceder al socorro de las necesidades de ésta que le son evidentes y de ma– nifiesto; pues, colocando en ésta ciudad al presente alguna parte de la plana mayor de Tarma, como un sargento, tres cabos y un tam– bor con el ayudante mayor don Pedro Ampuero, no se le perjudica en nada a esa provincia, y se le modifican al mismo tiempo los gas– tos al real erario, que es todo lo que contempla la prudencia y alto talento de U. Señoría.

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