Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

4 ELLA VUNBAl{ TEMPLE ha de servir Vuestra Merced mandar se proceda a que estos se den en la forma de estilo, y que con mi asistencia y la de Vuestra Merced se haga dicho remate procediendo para ello las diligencias prevenidas por derecho = Nuestro Señor guarde a Vuesa Mer– ced muchos años. Thenencia de administracion de Alcavalas en Huanuco y Abril veintiocho de mil setecientos y noventa años. = Simon Thadeo de Govea = Señor Subdelegado de este Partido de Huanuco Don Cristoval Zabala = Huanuco y Mayo dos de mil setecientos = Por recivido el oficio que antecede, y con respecto a lo que se expone procedase a dar tres Pregones en el termino de nueve dias cada tres uno ·por vos de Pregonero y en el sitio acos– tumbrado admitiendose las posturas y pujas asi lo proveyó mandó y firmó su merced de que doy fe. = Zabala = Ante mi = Ni– colas Ambrosio de Ariza Escrivano de Su Magestad = En dicho dia mes y año del auto que antecede estando yo el Escribano del Rey nuestro señor en la esqui-/. 2 na de la Plaza Mayor de esta Ciudad de Leon de Huanuco junto a fos Portales, mandé dar por vos de Teodoro Vitorino el primer Pregon para la venta del Real Ramo de Sisa a fabor de Su Magestad, y dicho Pregonero en altas e inteligibles voses dijo: El Real Ramo de Sisa se hende de quenta de Su Magestad por el tiempo de quatro años y en calidad de Arrendamiento, y se hace rematar en la persona o personas que mas diere, ay quien diga, y no apareció persona que hiciese pos– tura, y porque conste lo puse por diligencia siendo testigos don J osef Narbarte, don Francisco de Arze, y don J ulian de Loayza. = Nicolas Ambrosio de Ariza Escrivano de Su Magestad = En la Ciudad de Leon de Huanuco a sinco dias del mes de Mayo de mil setecientos y noventa años yó el Escrivano en procecusion de lo mandado, estando en la Esquina de la Plaza Mayor junto a los Portales de ella por vos de Teodoro Victorino negro ladino que hace oficio de Pregonero Público, mandé dar el segundo Pregon al Ramo de Sisa, segun y conforme el antecedente, a cuyo tiempo se hizo presente don Jerbasio Malpartida, y dijo que dava por dicho Ramo ochenta y cinco pesos en cada un año, cuya postura dicho Prego– nero la refirió en altas voces, y a este tiempo se allegó don Juan Josef Crespo y Castillo, y dijo que dava cien pesos annuales y ha– biendose repetido por dicho Pregonero;.2v la expresada ultima pos– tura, no pareció otra persona que mas ni otro tanto diere, y lo pu– se por diligencia testigos don J osef Narvarte, Don J ose Rodriguez Y don Marcelo Arambulo = Juan Josef Crespo y Castilio = Ante mi Nicolas Ambrosio de Ariza Escrivano de Su Magestad = En la ciudad de Leon de Huanuco en ocho dias del mes de Mayo de mil setecientos y noventa áños Yo el Escrivano en la esquina de la

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