Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

LA REVOLUCióN OE HUANUCO DE 1812 17 lares de los Conventos de Huánuco de sentarse en la Yglecia Matrix en el lugar de que fueron despojados y al que se les restituye. En su virtud los dos Curas de dicha Ciudad cuydarán de la observancia de lo prebenido ,en este Auto sin permitir se repita nueba queja de la materia librándose al .efecto por nuestro Secretario la orden com– beniente con inserción de este probeído dirigido a dichos Párrocos para que enterados de su contexto le haga saver a dichos Superiores Regulares, y d.espués la archiven en el libro de fábrica de dicha Ygle– cia Matrix para su constancia. El Arzobispo=Doctor Don Manuel Arias. Secretario. Lo que traslado a Vuestra Señoría para su inte– ligencia y Govierno. Dios Guarde a Vuestra Señoría muchos años. Lima, y Septiembre 7 de 1811. Dr. Manuel Arias=Señores Curas de la Santa Yglecia Matrix de la Ciudad de Huánuco = Dios guarde a Ustedes muchos años. Huánuco y Octubre lQ de 1811. Gaspar Aynarh = Señor Governador Subdelegado y Precid.ente del Ylustre Ayuntamiento de esta Ciudad=Huánuco y Octubre 7 de 1811 = Vistos por los Señores de este Ylustre Cavildo ,el Oficio de la buelta y el Auto incerto ·en copia del Ylustrísimo Señor Arzobispo de esta Dió– cesis mandaron se le dé traslado al Procurador General Síndico Per– sonero de esta Ciudad y lo firmaron Ustedes de que doy fee=Gar– cía = Berrospi=Adalid=Berro~pi= Echegoyen = Arteta=Narro= Seño– res del Ylustre Cavildo para contextar el traslado del Auto de fecha 7 del corriente que Ustedes me comunica (sic) con incerción del Expediente promobido por los Rev,erendos Prelados de los Comventos de esta Ciudad, y lo mandado por .el Ylustrísimo Señor Arzobispo de esta Diócesis en que se ordena sean restituidos: Digo: que para pedir lo que fuere justo .en la materia, y ser acertado jiro (sic), se hace presiso tomar dictamen de persona canonista en la Capital de Lima para que arreglado a él puede .expedirce en lo que fuere combeniente=J.v Huánuco Octubre de 1811=Juan Joseph Crespo y Castilo=Huánuco y Noviembre 20 de 1811=El Ylustre Cavildo .en vista de la impropiedad con que se produce el Procurador General, resolbió y mandó que este contexto al traslado como corresponde bajo de apercibimiento que no haciéndolo tomaría las providencias que haya lugar y lo firmaron de que doy fee= García =-Berrospi=Ada– lid=Echegoyen= Arteta= Narro=Ante mi Nicolás Ambrosio de Ariza, Escribano de Su Magestad. (Al margen) . Es copia a la letra sacada del original de las diligencias obradas y para que conste la Juro por Dios Nuestro Señor y esta Señal de Cruz ser cierta y v.erdadera, y la firmo en esta Ciudad de Huánuco y Diciembre 21 de 1811. Juan Joseph Crespo y Castillo (Rubricado) .

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