Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

24 ELLA DUNBAR TEMPLE que administra, demando costas atrasos y perjuicios y Juro en lo necesario etcetera. Como Procurador Jossef de Arze (Rubricado) Maria, Mercedes del CastiUo (Rubricado) Otro si digo: Que no solo le hago cargo de las mejoras expre– sadas en el cuerpo de este recurso, sino de las Puertas nuebas, una puesta en la Puerta de la Pulperia pequeña que cae al Patio,- y la otra que se halla á la huerta, ,de las paredes lebantadas de dicha huerta, y de la tierra blanca y jornales que se necesitó para almar (sic) dicha Casa, todo lo que fue publico y notorio pido justicia Ut Supra. J osssef de A rze (Rubricado) Maria Mercedes del Castillo (Rubricado) / .6 (Parte superior): Sello 3 Dos reales. Perú Yndependiente. Valga para los años de 1821 y 1822. Huanuco y Diciembre 3 de 1821. (Al mar gen) Traslado a los herederos de Doña Rosa Beraun, y se comete la intimacion al Actuario. Sanchez (Rubricado) Asi lo proveyó mandó y firmó el Señor Gobernador Politico y Militar de este Partido y el de Panataguas de ,que doy fee. Ante mi Asencio Thalancha (Rubricado) Escribano Publico y de Cavildo por la Patria. En quatro dias del mes de Enero de mil ochocientos veinte y dos, yo el Escribano en cumplimiento del Auto que precede, comu– niqué el traslado de estos autos al Doctor Don Mariano Beraun, como á heredero legitimo, para que con anuencia de las d.emas accionistas sus hermanas Doña Francisca y Doña Petronila Beraun conteste á la demanda fué en su persona quien inteligenciado la firmó de que certifico. B eraun (Rubricado) Thalancha (Rubricado)

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