Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

LA REVOLUCIÓN DE HUANUCO DE 1812 37 puesta ó sin ella y en caso de que asi no lo verifique se le ponga dos voluntarios a la puerta de su Casa a su costa por via .de apremio todo lo que en justicia espero alcanzar de la recta que administra, demando costas perjuicios y agravios, y en lo necesario etcetera. j.16v (Al margen) Mercedes del Castillo atubricaao> J osssef de A rze (Rubricado) Huanuco y Agosto 5 de 1822. Por acusada: notifiquese al contenido conteste al traslado pen– diente dentro de segundo dia y se comete. Gomez (Rubricado) Asi lo probeyó mandó y firmó el Señor Sargento Mayor Go-– bernador Politico y Comandante Militar de esta Provincia y el de Panataguas de que doy f.ee. Ante mi Asencio Thalancha (Rubricado) Escribano Publico y de Cabildo por la Patria. En dies y siete dias de dicho mes y año yo el Escribano en cumplimiento del auto que precede notifiqué al Doctor Don Mariano Beraun Abogado de la Alta Camara del Supremo Consejo, quien inteligenciado y dandose por tal intimado Ja firmó de que doy feé. j.17 Señor Gobernador. Thalancha (Rubricado) Bera;un (Rubricado) Doña Maria Mercedes del Castillo en los Autos executivos que sigo contra los herederos de Doña Rosa Beraun por cantidad de pesos que resultan deverme por razon de Mejoras hechas en su Casa por mi hermano el finado Don Juan J ose del Castillo, y lo demas dedu– cido en toda forma de derecho ante U. parezco y digo: Que desde e] año de 1813 he ,estado clamando para que se me pague dichas Me– joras, y hasta la fecha no he podido (testado: conseguir) cosa al– guna, sin embargo de que se han librado providencias para el efecto. Hace el tiempo de un mes, y mas que se le confirió a dichos herederos por este Govierno en traslado los Autos de la materia,

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