Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

56 ELLA OUNBAR TEMPLE (Al margen) Nota.- Con esta fecha entregó Don Mariano Sanches dose pesos segun está mandado a fabor del recurrente de los arrenda– mientos relatibos a Doña Petronila Beraun de que certifico. Thalancha (Rubricado) En dies dias de dicho mes y año: haviendo comparecido .en este J usgado las partes, y de allanada con antelacion por la de Doña Francisca Beraun, y haviendo expuesto cada una sus acciones y de oidas El Señor Juez de Derecho resolvió que respecto de estar llana la parte de Doña Petronila a enterar los veinte y sinco pesos que .se le demanda inmediatamente que concluia con la defensa de su cargo: Con lo que quedó (testado: fenecida) esta diligencia de com– parendo, firmando las partes, con .el Señor Juez de Derecho, de que doy feé. Doctor Andr es Peres (Rub.ricado) Beraun (Rubricado) Petronila de Beraun (Rubricado) / .81 Ante mi Asencio Thalancha (Rubricado) Escribano Publico y de Cabildo por la Patria. Señor Gobernador. Doña Mercedes del Castillo postrada en Cama en los Autos que persigo contra los he1·ederos de Doña Rosa Beraun sobre el valor de Mejoras que hizo ·en la Casa de estos mi finado hermano Don Juan José del Castillo, y lo <lemas deducido en autos ante U. parezco y digo: Que de los dichos Autos se mandó por este -Govierno se le diese en traslado á la contraria para que alegase de vien probado, como lo hize yo, y hace la miceria de quar,enta y sinco clias poco mas o menos que se le confirió en traslado para que por su parte alegase lo que tenga por conveniente; pero en tantos dias no ha dicho cosa alguna dando tiempo, que yo dé fin con mis días para no poder re– clamar el justo cargo que les tengo hecho: Por tanto. A Vuestra Merced pido y suplico que en consideracion del la– mentable estado en que me veo, y de quanto llevo expuesto, y que de su demora de la parte contraria se me sigue insanable perjuicio se sirva mandar que en el dia conteste a dicho traslado, y para ello se le apremie por todo rigor de Derecho: Es justicia que pido y en lo necesario etcetera. Mercedes del CastiUo (Rubricado)

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