Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

82 ELLA DUNBAR TEMPLE y con utilidad a la pública paz, se dá facultad al Cavallero Coman– dante Capitan Don Manuel Santana, para que presentandocelo algun conductor de pliegos los habra, reconozca y no hallando en ellos, cosa alguna opuesta a publico sociego los deje pasar a su destino, y en caso de allar en la correspondencia algun papel cedicioso aprehenda a las personas conductoras, y las dirija a este Jusgado a buena Guar– dia, y custodia con los papeles que hayan conducido. Ygualmente se le faculta, para que si algunas fami.lias solisitasen el transito para estas distancias por uir del fuego de la cedicion precedido el reco– nocimiento e instruccion devida pueda darles el devido pasaporte, con expresion de las personas y sus calidades previniendoles se· pre– senten a este Jusg.ado al mo-;. 1 s mento de su llegada, tambien se le faculta, para que si pueda admitir sirviendose por ello. de la pruden– cia a lo mando cuantas personas se le presenten, cuando no las con– sidere sospechosas, o traygan pase de los Alcaldes de Españoles de la Doctrina de Pamachacra y Huariaca, a quienes se libraran las respectivas ordenes. Tambien se resolvio se pase oficio inmediata– mente ·al Subdelegado del Partido de Huamalies, Instruyendole de todo, y pidiendole que en union del Coronel de aquel Partido remita suficiente numero de tropa a contener las entradas de sediciosos, estar · a la vista de las ordenes que pueda comunioarsele por medio de este Juzgado y en consecuencia de las Superiores ordenes, que se espera por momentos: Que dicho Cavallero Comandante se llebe consigo todos los vecinos que hallase en Huariaca, y transito hasta el pueblo de Ambo, dando partes con tomados al menos cada dia y al mismo tiempo se de parte al Excelentísimo Señor Virrey, y al Señor Gober– nador Intendente con expresion prolija <le cuanto ha ocurrido hasta la presente ora: Que se lleben adelante por la mayor actividad y energía las Providencias de este Juzgado con alistamiento de gente y reconocimiento de Capitanes para la Seguridad interior de este suelo; que al mismo tiempo se pase orden a la Villa de Paseo, cometida a una persona de providad para que alistada la gente la divida en Patrullas nocturnas, para celar y cuidar la Real Caja, y la misma poblacion, dando parte del alistamiento que efectue y nombramiento de Comandos, quienes seran responsables de la publica tranquilidad. Fecha. Ut supra, a las once y media de la noche. Jose Maria de Ulloa. Diego Garcia. Juan Balencia. Juan Manuel Quiros. Pedro Antonio Echegoyen. El Marques de la Real Confianza. Domingo Fernandez. Miguel Francisco Mais. Jose Gimenes de la Parra. Es copia de su original de que certifico en cuanto puedo. Cerro Febrero 26 de 1812. · (Rúbrica)

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