Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

LA REVOLUCION DE HUANUCO DE 1812 XXIII que no figura .en los procesos y de cuya existencia no se tenía noti– cias, demandando a los propietarios de la casa de la Trinidad el importe de 200 pesos, valor de las mejoras que había efectuado en esa morada Crespo y Castillo y que, según sostenía su hermana, éste le había legado antes de ser ejecutado. Del proceso consta que el caudillo cambiaba a menudo de casa habitación y procedía a intro– ducir cambios levantando y bajando paredes y muros; y no debía ser muy floreciente su situación económica porque adeudaba dos años de los 66 pesos anuales de merced conductiva. En el curso del pro– ceso, el abogado Beraún, controvi,erte la personería de María Mer– cedes, alegando que la mujer de Crespo y Castillo, doña Petronila Goñi, le había sobrevivido unos años y que había dejado varias hijas en la inopía. Sostiene, además que en el curso de la rebelión, el General rebelde había sacado 10 cuadros o retablos de la sala de la casa, entre ellos el de San Sebastián, para fijarlos en los pendones de los estandartes. El expediente contiene datos muy indicativos sobre la persona de Crespo y Castillo. D. Mariano Beraún, abogado de la causa y co– heredero de la primitiva propietaria, menciona que ,el caudillo tenía la obsesión de la búsqueda de tesoros, invirtiendo dinero en el ·Tem– plo del Sol, a media l,egua de Huánuco y "solicitando el descubrimien– to de esta grandeza de donde no sacó nada"; e insiste en afirmar que durante "el tráfico de los pueblos a la casa" retiró los mencionados cuadros. Sobre la manía de Crespo y Castillo por los tesoros, las alegaciones del abogado son sobremanera coincidentes con los testi– monios ofrecidos por doña Petronila del Castillo, la hija del prócer, para fundamentar el recurso de súplica de la sentencia de vista. Ca– be suponer que el abogado Beraún, al frecuentar, por razones fami– liares, los estrados de la Audiencia cuando se ventilaban los autos de los procesos de rebelión, conoció esos datos y los utilizó en este expe– diente en apoyo de su causa. Se indica en estos actuados que a la muerte de Crespo no exis– tía nadie que representara su persona y que sus papeles los confis– có, por orden de González de Prada, el Subdelegado de Panatahuas, D. Alonso Mejorada, conjunta persona de doña Petronila Beraún; cuya morada era contigua a la de Crespo y Castillo. No empece, cabe recordar que los bienes de éste se entregaron a su hermano Pe– dro José Crespo y Castillo, en apariencia enemistado con el caudillo porque no lo ayudó en los momentos más difíciles del proceso. El juicio seguido por la "beata" María Mercedes del Castillo se alongó hasta los años de 18-21 y, ya en plena Independencia, la de– mandante declara que su hermano murió luchando contra las fuer– zas del Rey y los europeos; y que al ser sentenciado hizo memoria

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