Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812
236 ELLA DUNBAR TEMPLE de much-0s sectarios, y apoyadores de la insurrección, y mala causa, y de hallarse ocupado crecido número de personas de este recinto en dicha Campaña; es muy conforme se precenten las que han quedado en el referido cuerpo político a reconocer Capitán, alistándose para ello por pronta Providencia en este Govierno, por cuyo resorte se ele– vará al Excelentísim-0 Señor Virrey, Governador y Capitán General de este Reyno del Perú para su devida aprovación. Y aunque de– mostrando con anticipación á esta orden, y promulgación, se han precentado por el respectivo recurso, y adjunta lista muchos suge– tos de ·este noble vecindario, por su ascendrado patriotismo, y fide– lidad pidiendo lo mismo que se havía meditado por este Govierno, con acuerdo de este Ylustre Ayuntamiento y Procurador Síndico de esta Capital: Devía /. mandar, y mando que todo yndividuo que no se halle alistado en las Milicias Disciplinadas de este Regimiento y legítimamente impedido, y escusado, se precencie en este Govierno para los efectos expresados dentro de tercero día, contados desde es– ta fecha sin escusa, ni pretesto vajo de percivimiento de ser repu– tados, y tenidos por vasallos, infieles, o al menos nada interesados en la sagrada causa, que justamente sostenemos y de incursos en las penas del Derecho y otras arvitrarias, que irremisiblemente les aplicarán en contravención, y falta de obediencia; a que entiende este Gobierno no farán (sic) lugar por su distinguido patriotismo:los precentes, y ·los ausentes luego que yngresen deverán concurrir: como queda mandado al segundo día de sus regresos, á cuyo fin serán avi– sados por sus domésticos del tenor de esta Providencia. Y havien– dose notado por este Govierno que un mes corrido desde la promul– gación del primer Bando á esta fecha, no se han precentado foras– teros, ú otros entrantes, y salientes, ni avisado los vecinos dueños de casas, en que se hayan hospedado, faltando a lo mandado; se les apercive, a que ,si en lo subcesivo obrasen de igual modo, serán pe– nados los dichos dueños pudientes en el marco de plata por primera, por segundo en el duplo, y por tercera á destierro, lo mismo los en– trantes y salientes, y los pobres que por la. quince días de cárcel, por 2a. un mes, y por 3a. destierro: Para cuyo exacto cumplimien– to se comiciona al Teniente de Policía Do~ Santos Velarde, y se li– brarán las órdenes oportunas á las Justicias de los Pueblos inme– diatos para que sean aprehendidos, y remitidos presos todos los su– getos, que no d·emuestren Pasaportes del Superior Gobierno del Rey– no, y del de esta Provincia, y sus Subdelegados a quie-/.v nes es Privativo, y por defecto de estos Goviernos á las demás Justicias Ordinarias y para que llegue á noticia de todos los estantes y havi– tantes en esta Capital, y su distrito y como para que no se alegue ignorancia, ordeno se publique por Bando por la Plaza y calles pú-
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx