Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

LA REVOLUCION DE HUilWCO DE 1812 369 lado y de resivirse la causa á prueba á Don Antonio Zabala en su persona quien lo oyo, y entendió, y lo firmó conmigo de doy feé. Antonio de Zavala. (Rubricado) A riza. (Rubricado) Flores. (Rubricado) En la Ciudad de Huanuco en dies y seis dias del mes de Abril de mil ochocientos doce, mandó comparecer Su Señoría á Ygnacio Car– guachin, a quien por ante mi el presente Escribano recivió juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una Señal de Cruz, bajo del cual ofrecio decir verdad, y en su virtud se le preguntó por esta causa, y las generales de la ley dandoselas á entender, y se1e leyo desde la pri– mera linea hasta la última su deposicion que tiene hecha en estos autos á fojas-. En cuya virtud dijo: Que lo que en ella se halla escrito lo dijo, y depuso el testigo por ser cierto todo ello, en que se ratifica y confirma, y en caso necesario, lo dice aora de nuebo en este plenario juicio, no teniendo que añadir ni quitar y que lo que ha dicho es la verdad, bajo del juramento que ha prestado qu.e es de edad de sin– cuenta y dos años, y lo firmó con Su Señoría de que doy fe. J osef Gonsales de Prada. (Rubricado) y gnacio Carguachin. (Rubricado) · Ante mi Nicolás Ambrocio de Ariza <Rubricado> Escribano de su Majestad. Mariano Flores. (Rubricado) /.v En dicho día, mes, año, mando cm~parecer Su Señoría anteci á Eusevio Dávila, vecino de la Ciudad de Huanuco y residente en la montaña de Chinchao a quien por ante mi el Escribano recivio jura– mento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una Señal de Cruz, y ha– viendolo hecho y prometio decir verdad, se le pregunto por esta cau– sa, y las generales de la ley, dandoselas á entender, y se le leyo des– de la primera linea hasta la última su deposicion que tiene hecha en estos autos á fojas-. en cuya virtud dijo: Que lo que en ella se halla escrito lo dijo, y depuso el testigo por ser cierto todo ello, en que se ratifica y confirma; y en caso necesario, lo dice aora de nuebo en es– te plenario juicio y que, no teniendo que añadir ni quitar cosa algu– na y que lo que ha dicho es verdad, bajo del juramento que ha pre - tado, que es de edad de mas de sesenta y no firmó por no saver, lo hi40 Su Señoría de que doy fee. J osef Gonsales de Prada. (Rubricado) y gnacio Carguachin. (Rubricado) Mariano Flores (Rubricado) Ante mi Nicolás Ambrocio d Ariza (Rubr icado) Escribano de Su Magestad.

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