Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

LA REVOLUCióN DE HUANUCO DE 1812 385 deposicion estas palabras, me notifico con pena de Ja vida de los Yn– dios para que saliese a Acomayo no mas y de alli me pasé a Huanuco a ver mi familia. 2Q. . Digan los mismos si despues de haver narrado lo expre– sado le preguntaron en su declaracion que si al tiempo de la inti– macion huvieron algunos sujetos que la huviesen presenciado, con– testó no haverse hallado persona alguna, sin embargo de que se acor– dava la presenciaron Dn. Ni-/.v colás Rosas y José Ponce, lo que advertidamente negó por no molestarlos ni darse á odiar con ellos, y fechos y concluidos s·e me entreguen originales para los usos que me combengan. A Vuestra Señoría pido y suplico se me digne mandarlo así; y con respecto a que estos tres declarantes se hallan en captura, sean llamados y conducidos para este efecto a ese Superior Tribunal, pido justicia etc. Otro si digo: Que mediante a que en la actualidad estoy siguiendo las presisas diligencias para mi defen a y que se me aca– van de entregar los Autos, se digne la caritativa integridad de Vues– tra Señoría no me pare ningun perjuicio, mandando que para ello se me asigne nuevo termino, pido Merced ut supra. Antonio áe Zavala <R.uhricm1°1. Ynmediatamente yo el Escribano pasé a esta Real Cárcel, y en ella hice saver a Dn. Antonio Zavala el contenido del Superior De– creto puesto al margen de este recurso, fue en su persona que lo hago y entendió y de ello doy fee. Ariza <Ruhricncto1 . Seguidamente en dicha Real Cárcel hice comparecer a Don Lo– renzo Dominguez Vigo, de quien en virtud de mi comicion le recivi juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una Señal de Cruz en toda forma de derecho, so cargo del qual prometio deI 37 cir verdad en lo que supiere y fuere preguntado y siendole por el inte– rrogatorio inserto en este recurso dij o lo siguiente. A la primera que es sierto que habiendose precenciado Don Yg– nacio Car()"uacachin, .en esta Real Cárcel por llamado de Dn. Antonio Zabala examinandole a este sobre lo que :e le pregunta ·dijo que ha– bía declarado ante el Señor Governador Yntendente diciendo que la notificación que Zabala le hiso fue que los Yndios amenasaban con pena de la vida a quien no salie e parn aca, y responde. A la segunda que se había aco1·dado al tiempo de su depocicion que Zabala le intimó por testiO'os Don Nicolás Rosa , y Don José

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