Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812
LA REVOLUCIÓN DE HUANUCO DE 1812 503 á fojas 87 aparece por cita de José Rodríguez que mi parte fue em– biado por Fray Marcos, aun escusándose, y de la misma conformidad á fojas 92 por confesión de Manuel Rodríguez consta haber ido aquel en compañía de su hermano José á la Casa de mi parte á recom– benirle embiados por Fray Marcos, conociendo éstos el retiro de mi parte de sus juntas á quiénes en aquel acto por el recelo que le acom– pañaba les contextó de que no había parecido por estar enfermo, y que mejorando iría, lo qual parece que no tubo efecto pues no hay constancia en los Autos de que mi parte se/. 489 v hubiese vuelto a unir con aquel Padre, ni los Rodríguez, por lo que es constante de mi parte, sin embargo de haber coadyubado en los principios de las ideas de Fray Marcos, y á después de haber visto fixados los Pasquines y el dícere del vulgo, conocien·do por delito aquel hecho se retiró, no queriendo ir á aquellas juntas ni visitar á Fray Marcos, lo que se aprueva por la expresada confesión de Manuel Rodríguez en las citadas fojas: y así parece que las Causas se diferencian á propor– ción de sus efectos · una causa mortal (supongamos) para imputarse necesita que siga el efecto, lo mismo en las demás causas, y si sólo se queda en la intención, ó la acción no correspondió a aquella ó varió en sus circunstancias, modos, medios, etc.: no se deberá medir el delito de una misma manera. supuesto esto, vease, sí mi parte por haber acecido á la solicitud del Padre Fray Marcos, hombre virtuoso, quién prometiéndole paga lo induce, á que saque en limpio los referidos Pasquines, y alucinándolo como á Joben, hace que lo fixe en compañía de Rodríguez/. 4 9<> obligándolo á que en adelante permaneciese constante en todo á sus ideas, revestido, sólo de su carácter y la falza virtud que aparentaba, y mi parte como menor, y sin aquellas precauciones que al hombre se le previene accede en todo, juzgando que aquel no podía inducirlo á unas cosas, ni asuntos contrarios á la Religión al Rey, y a la Patria; pero luego que conoció su yerro se escusó en un todo, sin poder acusar a dicho Padre, ni a ninguno de su caudillo, por haverle éste preceptuado que siempre que se llegase á saver las cosas que hacía, sabría poner el remedio con quitarlo de por enmedio, esta fue la causa de no haber puesto en planta lo que el corazón le dictava. Los Derechos de la humanidad, y el respeto con que ha mirado mi parte su existencia en sus respectibas individuos han sido el ob– jeto de su atención, y de sus cuidados, pues jamás se ha oydo decir de su conducta cosa adversa, ni disonante á la honestidad, ni á la ra– zón; empleado en el servicio de su casa, en la obediencia de sus Pa– dres, y Xefes, y temor á los Señores Juezes que por disposisión de la Providencia están encargados de/ . 490 v equilibrar la Balanza de la Jus-
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