Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812
524 El.LA DUNBAR TE~PLE En el mismo día presentó ante Su Señoría al Presvítero Don Ma– riano Narbarte a quien Su Señoría por ante mi el presente Escriba– no recivió juramento in berbo sacerdotis tacto pectore, bajo del qual ofreció decir verdad de lo que supiere, y fuere preguntado y siendo examinado al tenor del Pedimento, dijo: Que conose á Fehs Espino– sa por hombre de buena conducta, y honrrados procederes: que no se ha mesclado en la rebelión acaecida en esta Ciudad, ni menos en los robos executados en ella, antes por el contrario le vio escondido en Ca– sa de Doña Alejandra Peceros un día -después de la entrada de;.s 1 o·v los reveldes en esta Ciudad. Que lo dicho es la verdad bajo del jura– mento que ha presentado en que se afirma y ratifica, que es de edad. de treinta y siete años, que no le comprenden las ·generales de la Ley, y la firmó con Su Señoría de que doy fe. Josef Gonsales de Prada (Rubricadc). Mariano Narvarte (Rubricado). En este estado, recordó el declarante · Licenciado Don Mariano Narbarte, que el sugeto por quien ha depuesto en la suya, no es Fé– liz Espinosa sino Calisto del mismo Apellido, aunque dice ser verdad que también en el citado Felis es hombre honrrado, de buenas cos– tumbres y conducta, pero que no lo vio en Casa de la citada Doña Alejandra, lo que afirma bajo del mismo juramento y calidades ex– presadas de que doy fe. Josef Gonsales de Prada (Rubricado}. Mariano Nar.varte (Rubricado). Ante mi: Nicolás Ambrocio de Ariza. (Rubrkado) Escribano de Su Ma– jestad. Mariano Flores (Rubricado). /.511 (Al margen) Huánuco Abril 27 de 1812. A los de su materia. Gonsales (Rubricado). Ante Mi: Nicolás Ambrocio de A riza <Rubricado). Escribano de Su Majestad. Mariano Flores (Rubricado). Señor Governador Yntendente El Capitán Don Santos de la Vega, en la causa de Felis Espino– sa sobre havércele imputado cómplice en la ocultación del saqueo, como defenzor nombrado, y según derecho ante Vuestra Señoría pa– resco y Digo: que la pureza con que se ha manejado mi parte lo ten– go justificado en bastante forma, con testigos de toda exepción con– testes, en que claramente exponen su inosencia: y reproduciendo mi primer escrito en el que hablo sobrie el particular con bastante ex– tención, y traygo a consideración la equibocación de Don Pedro Tello
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