Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812
532 ELLA DUNBAR TEMPLE dará tradición (á menos que no me engañe) , que ninguno exeptuando Berrospi, y Tello, mencione a mi parte: Don Martín Quiñones, de quien trata en la. undécima pregunta de su confesión, no lo menciona en la suya, y es sin duda, por que le constaba, que en nada se había mesclado. Todo lo dicho es bastante, para que la indignación de Vues– tra Señoría venga en pleno conocimiento, que en bastante forma se puede decidir el equívoco del Testigo Don Domingo Berrospi. Ya se ha dicho en la terc;era cláusula de esta contestación, que el testigo Don Pedro Tello denuncia a mi parte, que él tenía sus con– versaciones secretas, y daba disposiciones á Castillo. ¿Cómo será posible, que entendamos este enigma? Una cosa es conversación se– creta, :y otra es que se den disposiciones. Si se dan, como se dice, disposiciones, es indispensable, que se hagan públicas, ó que al menos se sepa por la boca de aquellos, entre quienes se trata el secreto: es así, que ni mi parte, ni Castillo lo confiesan, y por el contrario lo niegan; luego la consequencia es clara, de que no hubieron tales dis– posiciones; así por que mi parte era mirado como á un moso de manos, como por que por su limitación está incapás de dar disposi– ciones: pruébase esta verdad en todas sus partes con la confesión, que hace Don Pedro José del Castillo/. 517 v en 8 de Abril, que a la conclución, dice "Preguntando, quienes serbían a su hermano, dijo: que un Trujillo medio fatuo, y Narciso Roxas, los que hacían de criados en el servicio manual" Yo no niego, que al entrar Castillo en qualquier vivienda de su casa, también mi parte en qualquier lu– gar pribado hablaría á solas con Castillo, mas quisiera saber si por estos ademanes puede nadie adelantar e] discurso, y creer cosas que no pueden suceder: si Tello se ratifica como lo hace en 12 de Abril · en sus declaraciones, qualquier prudente le responde_rá, que hiso juicio temerario, y violento, por que ninguno que está en clase de . moso de manos es capaz de dar consejos, ó disposiciones, y maior– mente en actos públicos, por quanto ultraja la persona de que tiene mayor respeto, y lo que es más de un Padrino; últimamente en el dado caso, que hubiesen esos secretos, fueron sin duda para tratar de probeer la cosina, como se prueba por la conclusión de la décima quarta pregunta de la confesión de mi parte, y por lo que declaran sus testigos en la segunda pregunta del Ynterrogatocio. Profundisando en rigor, si mi parte cometió crimen digno de castigo por haber acompañado en la fuga a Castillo, sacaremos con la mayor claridad en limpio, que no lo cometió, por quanto obedeció a su Padrino, como que efectivamente lo es de agua, y óleo; y el amor paternal, que le debe tener, naturalmente había de prebalecer a t odos los inconvenientes que se le presentasen: lo cierto es, como lo
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