Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812

LA REVOLUCIÓN DE HUANUCO DE 1812 95 celencia a este Real Acuerdo para su resolucion: Vista y examinada con la prolixidad y atencion que corresponde a su natural venigni– dad con asistencia de los Señores de la Real Sala del Crimen y Se– ñores Fiscales que de palabra y por escrito han expuesto lo conve– niente. Fallamos atento a su lugar conforme al merito de ellos y especiales circunstancias que concurren en algunos de los reos de– bemos de declarar y declaramos por comprendidos en el indulto man– dado publica por Su Excelencia el trece de abril del presente años todos los contenidos en esta causa a exepcion de los siguientes aquie– nes administrando justicia condenamos en esta forma: A Juan José Crespo y Castillo, Jose Rodríguez hijo de Andrés vecinos de Huanu– co y Norberto Tumamaro o Aro a pena ordinaria de muerte a garro– te: A José Lucas, Vicente Estacio y Jose Atanacio Alcalde de los Pueblos de Marias y Chuquis a dies años del presidio del Callao: A Andres Rodríguez, Manuel Rodríguez, su hijo, Antonio Espinoza alias El Limeño, Felipe Jimenez el Sastre en su rebeldía, José San– chez, alias Ullucu, Manuel Reyes conocido por Coco o el Arrendador y Jose Miraval a ocho años en el mismo presidio: A Narciso Perez Trujillo o Espinoza, Manu€l Andrea Doria, Lorenzo Dominguez Vi– go, Ignacio Rodriguez y Fransico Reyes a quatro años en el propio presidio: A Fernando Palomino y su hermano Domingo a tres años: A Lazaro Perez Ascanio y Sebastian Ascanio en su rebeldía a dos años y otros en el citado presidio: En la misma forma condenamos a dos años de trabajo en el socabon del/ . Cerro de Yauricocha a ra– cion y sin sueldos en calidad de quedar privados de exercer oficios de Republica a Mariano Silvestre Alcalde del Pueblo de Panao; Ho– norato Calixto del de Santa Maria del Valle; Gregorio Evaristo del de Huacar, Francisco Antonio de el de Acobamba, Mariano Camacho de el de Cayna, Manuel Beraun alias Sahuacay de el de Huallayco en su rebeldía, Jose Eustaquio Alcalde d.e Campo de Huacar, Juan de Dios Esteban Alcalde de Campo de Pachas, Lucas Serrano de el de Rondos, Marcos Sanches de los (ilegible), Juan de la Cruz Vilca del de Chupán, Toribio Peña del de Si1lapata, Andres Hurtado del mis– mo Pueblo, Antonio Ambrosio de el de Chavinillo, Bernardo Abad, Miguel Matos; Julian Ortega, Manuel Concha, Nicolas Charin en su rebeldia, y José Briceño, y a un año en el mismo socabon a José Huanca, J ose Suarez, Pablo Usuriaga, Antonio Malqui, Santos Va– lerio, Julian Gaspar, Asencio Briceño, Agustín Tucto, y su hermano Manuel, Roque Trujillo, Santos Tello, Pedro Cabello, y Francisco Ca– bello, Hipolito Gomes y Victorio Soto: Y por lo respectivo a los <le– mas reos condenamos asi mismo al Padre Fray Marcos Martel a que sea remitido a la P.enínsula al servicio de un hospital sin que pueda volver a estos Reynos aunque los haya cumplido. A Cayetano Mo-

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