Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución de Huánuco, Panatahuas y Huamalíes de 1812
112 ELLA DUNBAR TEMPLE su Alcalde para saber en Huanuco lo que pasaba y la certidumbre de las ordenes que estimaban por Iexitimas, son con maior funda– mento digno de las propias consideraciones ante dichas. Por lo que respecta a los indios Mariano Silvestre Alcalde Pa– nao, Patricio Martinez de Acomayo, Jose Calisto de Santa Maria del Valle, y Honorato Callan de Pillao comprehendidos en el Quaderno No. 2 de la causa de Huanuco y condenados igualmente por Vuestra Alteza a dos años de trabajos en el socabon de Yauricocha se ad– vierten con poca diferencia los mismos defectos de solemnidad en la sustanciacion, pues sin formal acusacion que la instruyese del delito sera suficiente justificacion de este, y bajo de los mas estre– chos terminos se recibio el juicio a prueba, y se precipitaron todos los procedimientos. Por lo/. que principalmente debe fijar la aten– cion del Tribunal en que estos dos indios no se movieron por si ni promovieron el tumulto de sus Comunidades sino a influjo de los tres Berrospis, de religiosos, de sacerdotes, y de otras personas aquie– nes estan acostumbrados a creer y obedecer ciegamente. Un J ose Rodríguez entregó a Manuel (borrado el apellido) en Huanuco el primer pliego que contenia la incitativa y prevenciones para el le– vantamiento expresandole que era de su General con orden de que lo pasase a su Pueblo: Este indio lo creio segun ha contextado a fojas 20 vuelta y le dio .el giro prevenido y no .solo obro en Acomayo, sino en los Pueblos inmediatos a que se dirigieron copias. El mismo Intendente en el Auto de fojas 21 califica a Rodrí– guez de autor de los anonimos seductivos y de las sublevacion de es– tos indios, y no hay diligencia alguna en todo el proceso que acre– dite la sugestion· que se les hizo, la fuerza que obligo a unos la ame– naza d.el temor a otros, y la ignorancia de todos para prestarse a unos procedimientos que juzgaron lícitos, convenientes y propios de su obediencia exclusiva del indulto concedido por Su Excelencia es separarse enteramente de los terminos de su concesion, y restrin– girlos de una manera ominosa y apuesta a la naturaleza de estas gracias que jamas pueden limitarse como queda dicho. Examinados sin embargo la culpa particular de cada uno y la prueba en que estriva: Resulta en orden a Mariano Silvestre por contestacion de dos testigos (que no han podido ser por hallarse com– plicados y juzgados tambien re-/. os de igual delito) que recibido un papel al Alcalde Pillao mando juntar su gente y salio con ellos para Huanuco, pero .es de notar que el uno a fojas 112 asegura que los indios se movieron por seguir a los demas, es decir sin discer– nimiento ni advertencia; el otro, que antes, de pasar a Ambo recibio su Comunidad una carta de Fray Martel que fue la que estimuló y
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