Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

LA REVOLUCION DEL CUZCO DE 1814 151 apel.ación, ni po: justicia retardada, ni por el interés público de la fianza y <lemas expuesta, a donde recurrir. El Tribunal de Ja Real Audiencia se halla ligado, e impedido por haber todos sus ministros tenido parte en Ja causa, como es igualmente notorio, pue~ por hacerlos se valieron de medios clandestinos e ilegales poniendo el de testa a un Abogado barbiponiente, destinado al comercio y arriaje que hiciese de Asesor. Así permanecen los au– tos sin franquearse por ello al Teniente Asesor, ni al Escribano que aparece actuando al mismo paso que en el gabinete del señor Presi– dente se halla Agustín Becerra denominado pariente de aquel se– ñor enemigo y patrocinante también de esta causa. Sobre tan m– gentes motivos recomienda a Usía . el carácter del que habla, que como miembro de este respetable congreso y defensor de todo el público espera el auxilio de Usías. reducido a interpelar al señor Presidente no a gracia alguna, sino a que se siga la causa en tér– minos, ya que sin perjuicio de ello, y de los demás usos que opor– tunamente deban hacer de sus facultades en tales circunstancias den cuenta al serenísimo Consejo de Regencia con copia de esta representación y de los escritos presentados por el suplicante al señor Presidente que ahora bajo el juramento exhibe, jurado tam– bién por la justicia de cuanto expone, etc. Cusco, febrero veinte y seis de mil ochocientos trece.- Doctor Rafael Ramírez de Are– llano. - Es -::opia fiel del que presenté como lo juro a Dios Nues– tro Señor etc. Doctor Rafael Ramírez de Arellano. Oficio para este Ilustre Ayuntamiento a manos de Usía . muy ilustre, las copias del recurso y documentos presentados por el .E>octor Don Rafael Ramírez de Arellano con lo prevenido a su te– nor, a fin de que se digne contestar sus determinaciones que tome en justicia, en vista de todo, pues bien sabe Usía. que la justa y breve sustanciación de las causas especialmente criminales in– cesantemente ordenada por nuestra legislación es el principal re– sorte para mantener Ja seguridad de las personas y el orden públi– co que encarga a los Ayuntamientos el Nro. 2~ del artículo tres– cientos veinte y uno de la Constitución Nacional. Dios guarde a Usía. muchos años. Cusco, febrero veinte y cuatro de mil ocho– cientos trece. Martín Valer. Antonio Ochoa. Mariano Lechu– ga. Domingo Rozas de las Infantas. Juan Carvajal. Marcos Mar– tínez. J uan Huallpa. Juan José de Olañeta. Juan Pascual Lara. Mariano Tisoc. Toribio de Ja Torre. Rafael Gallegos. Muy ilus– tre señor Presidente Interino Brigadier Don Mateo García Puma– cahua. Es copia. Pedro Miguel de Urbina. Secretario del Ilustre Ayuntamiento.

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