Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

254 MANUEL JESUS APARICIO VEGA aspecto que lo mirase advertiría los deseos positivos que tenía con sus miembros de servir al pueblo, pero sofocados y ahoga– dos en su propio origen por la abyección, por el desprecio y vili– pendio con que las autoridades Jo querían deslumbrar y despojar de la energía de su virtud, sin que pudiese resguardarlos de su cavilosidad Ja irresistible fuerza de la ley. Con todo lo cual que– dó concluido este acuerdo, cuya acta firmaron conmigo todos los señores por su orden. Valer. - Ochoa. - Lechuga. - Martínez. - Guallpa Inga. - Olañeta. - Guamantupa. - Lara. - Tisoc. - Torre.- Gallegos.- Urbina Secretario.- Es copia.- Pedro Mi– guel de Urbina Secretario.- Enmendado. - Público. - Uno. Observó. -Entrerrenglones. - La. - Individuos. - Vale. - Testado. - A. - Sujeto. - Acto. - No Vale. Concuerda este traslado con los documentos originales que se presentaron con los que corregí y concerté ser ciertos y verdade– ros, a los que en caso necesario me remito (los que devolví a la parte). Y para que conste y obre los efectos que haya lugar, doy el presente que signo, y firmo en virtud de lo pedido y mandado en el escrito, y auto que va por cabeza. En la ciudad de los Reyes del Perú, en diez y ocho del mes de marzo de mil ochocientos catorce años. Francisco de Bonilla y Franco (Rúbrica) Escribano Público y de Provincia. Los Escribanos del Rey Nuestro Señor que a la vuelta firma– mos, certificamos y damos fe que Don Francisco de Bonilla y Franco, de quien aparece autorizado y signado el Testimonio an– tecedente, es tal Escribano Público y de Provincia, como se titula y nombra, y a sus semejantes y demás despachos que autoriza siempre se les ha dado y da entera fe y crédito judicial y extra– judicialmente. Fecha, ut supra. Gerónimo Vidaurre (Rúbrica) Francisco Munarra (Rúbrica) Julián Ubilla (Rúbrica) A.G.I. Lima. 1017. *

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