Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

LA REVOLUCION DEL CUSCO DE 1814 273 currirán en cuerpo a los de te deum, fiestas y funerales nacionales en lugar distinguido. · 22? Los que residieren en Jos pueblos serán considerados como ciudadanos distinguidos y tratados como tales en todas las funciones públicas eclesiásticas y civiles que se celebrasen. 23? Un escudo cosido en la manga izquierda de la casaca, con jeroglíficos alusivos atestiguará la noble calidad de los sol– dados inutilizados. 24' Estos serán colocados con preferencia en los empleos de la hacienda, en Jos de provisión de los ayuntamientos y en los subalternos de los tribunales para cuyo desempeño fuesen a pro– pósito. 25? Dentro del terreno que en Jos baldíos se concediese al soldado inutilizado que le pretendiese se pondrá una columna con esta inscripción: Ia Patria a su defensor F. N. 26? Una disputación de la Junta protectora concurrirá al funeral del inutilizado que falleciere en el depósito y el Alcalde y un Regidor al del que muriere en el pueblo de su residencia. 27' En ambos casos se pondrá sobre la sepultura una ins– cripción que perpetúe el nombre y apellido del defensor de la Pa· tria que yazga en ella . 28? Las juntas protectoras tendrán un libro encuadernado con la magnificencia propia del objeto a que se destina con el tí· tulo de libro de los defensores de la Patria, y en él se anotarán el nombre apellido y hazañas de los soldados inutilizados. 29'! Se remitirá certificacion del asiento al ayuntamiento del pueblo donde el soldado fijara su residencia y le servirá de título de Nobleza Personal. 30' Al concluir la función de Iglesia que según decreto de las cortes debe celebrarse todos los años en el día de San Fernan– do, se leerán en las casas capitulares por el secretario de la Junta protectora a presencia de las autoridades y del pueblo todos los 'asientos que durante el año se hubieren hecho en el libro expresado'. 31? Lo dicho en Jos artículos anteriores se entiende con Jos soldados conocidos con el nombre de inválidos hábiles e inhábiles. 32? Las honras y distinciones señaladas desde el artículo 22 al 31 se entienden con los dignos oficiales del ejército y armada que se hubieren inutilizado en el servicio. 33' El presente decreto se entenderá provisional y sin per– juicio de los de lo que a su tiempo se disponga en la constitución militar. 34? El presente decreto se leerá a las tropas del ejército Y,

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