Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

320 MANUEL JESUS APARICIO VEGA ñana y detenidas en este Cuartel en que se mantienen, mas bien con el objeto de precaver sus personas de los insultos de algunos malintencionados que con el de inferirles el menor vejamen, pues esta revolución parcial tiene el carácter original de no haberse de– rramado una gota de sangre, y de haberse hecho con arreglo a las leyes fundamentales de la Monarquía. Digo con arreglo a las le– yes fundamentales de la Monarquía, porque el artículo 255 concede acción popular contra 10s Magistrados y Jueces infractores de las Leyes. Y como esta acción fuese casi imposible intentarla según los trámites forenses por la distancia en que se halla el Gobierno Superior se hizo el pueblo justicia por sí mismo en aquellos pri– meros momentos, en que la fatalidad dirige las convulsiones polí– ticas. Sin embargo de que estas mismas antiguas autoridades, me habían sepultado muchos meses en un calabozo del cual he salido a mandar las tropas, mi corazón más cristiano que el de aquéllas, ha olvidado todo resentimiento, y sin querer imitar su ejemplo, sólo he tratado de la observancia de las leyes, he excitado, y he convenido gustosamente con las corporaciones que se nombre un Gobierno con todas las atribuciones del Jefe Político, pero que éste sea siempre distinto del Comandante de las Armas, en confor– midad al artículo 5~. Capítulo 3' de la Instrucción sancionada por las Cortes soberanas para el gobierno económico de las provincias. Y aunque debiese recaer en uno solo el nombramiento de Jefe Político sin embargo, como las actuales circunstancias exigen pre– servarse de toda corrupción que pudiere aventurar, y comprometer el reconocimiento a la autoridad de las Cortes soberanas, a la de nuestro amado Monarca el señor Dn. Fernando Séptimo y a la de la Regencia del Reino, fue el voto general que fuesen a lo me– nos tres los individuos, para que así fuese más difícil la corrup– ción, la cual está muy distante de introducirse en los recomenda bles señores Brigadier D. Mateo García Pumacahua, Coronel D. Luis Astete y Teniente Corc•nel D. Juan Tomás Moscoso, que fueron nombrados por pluralidad absoluta de sufragios. Consi– guientemente, se halla ratificada solemnemente la Constitución Po– lítica de la Monarquía, la fidelidad a nuestro amado Monarca D. Fernando Séptimu, a las Cortes Soberanas, y a la serenísima Re– gencia del Reino. Las relaciones legales, comerciales y políticas con las provincias limítrofes se observarán uniformemente por todas las corporaciones de esta Capital y sus Partidos con entera conformidad a los reglamentos y leyes promulgadas por las Cortes Soberanas, de cuyo solo cumplimiento se trata.- Por este bos– anejo conocerá la penetración de V. S. que en la realidad no ha

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