Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

' ... 410 MANUEL JESUS APARICIO VEGA Nota. - En 11 de enero de 1815 en orden y decreto del señor Gobernador Subdelegado di la copia certificada del bando que expresa de este oficio y hora que conste la anoto . Villasante (Rúbrica) Señor Doctor Gobernador Subdelegado Don Manuel Borja. Don José Angulo Capitán General de los Ejércitos Naciona– les y General en Jefe de las Armas de la Patria en las Provincias del Cusco, Puno, Huamanga, La Paz y Arequipa, nombrado por las Corporaciones Eclesiásticas y Civiles, etc. Por cuanto en la libertad de la Patria están vinculados los bienes que deben hacer efectiva la prosper idad y felicidad indivi– dual sin permitir choquen los intereses políticos con los particu– lares y deseando por ello quitar los obstáculos que causaron la decadencia de la Nación hace este Gobierno las declaraciones y franquezas siguientes que se continuarán para otros ramos. la. Conservándose el valor del Papel del sello 1~ en los seis pesos en que estaba se rebaja el del sello segundo, que valía doce reales a seis reales; el del sello tercero que valía cuatro reales a un real, pudiéndose comprar por medios pliegos en la mitad de su valor sin alterarse el del sello cuarto, observándose bajo de esta franqueza en lo demás el Decreto de las Cortes relativo al uso del papel sellado. 2a. Se concede amplia libertad en todos los valles y monta– ñas para beneficiar el tabaco, siempre que para el gusto y salubri– dad pública se esmeren en la mejora del beneficio, pues en caso contrario, sentirán sus dueños la pena de perder todo el efecto y privarse de cultivarlo en lo sucesivo. 3a. A fin de ayudar a la renta nacional, y no poner trabas a la industria se declara continuar estancado el tabaco en cuya virtud todos los beneficiadores lo venderán a la renta nacional al precio de cinco reales el mazo con peso de veinte onzas puesto aquí, observándose en el modo las instrucciones o reglamentos de la Administración respectiva. 4a. Se rebaja en alivio del público el sumo precio actual del tabaco para que todos lo puedan comprar de la oficina al precio de diez reales desde esta publicación, y el abono a ocho reales libra. Sa. Siendo manifiesto el beneficio que reciben así los hacen-

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