Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

34 MANUEL JESUS APARICIO VEGA Señoría Ilustrísima eomo mejor procede en Derecho, digo: Que su inalterable justificación se ha de servir ordenar compárezcan en su respetable Juzgado el Doctor Don Sebastián de la Paliza, y el Reverendo Padre Lector Jubilado Fray Isidro Dávila para que bajo la religión de juramento y precedida que sea la correspondiente citación declaren si es cierto que a consecuencia de lo acaecido el siete de febrero del corriente año en la Junta Parroquial cele– brada en el Convento de Nuestra Señora de Las Mercedes, y se avocaron en mi Estudio de acuerdo con los señores Regente y Fiscal de esta Real Audiencia con el loable objeto de reunirnos en la casa del señor Presidente Accidental Don Mateo García Puma– cahua para consultar todos los medios de paz, buena armonía y tranquilidad, y que desapareciesen cualesquier rumores indebida– mente suscitados contra mi acrisolada conducta, prometiéndome el primero, y con la mayor circunspección ser el garante y en nom– bre de aquellos señores Ministros dé un informe el más brillante, y decoroso de mi rectitud y pureza, y señaladamente del distin– guido mérito que contraje en el dicho día siete de febrero tran– quilizando sagazmente al pueblo agitado y acalorado. Igualmen– te, declararán si es verdad que reunidos todos el once del que rige en la casa del jefe y después de haber yo manifestado los sentimientos de mi corazón contra la conducta del Escribano de Gobierno Don Agustín Chacón y Becerra que estaba presente ex– poniendo haber sido desairado, despreciado y despojado del ejer– cicio de sus privativas funciones, quedó admirado y sorprendido el Tribunal, confesante éste de buena fe, y señaladamente el señor Fiscal estar ignorante de tales excesos, de cuya acción, y con vista de otras poderosas razones alegadas por mí y que los expresados Doctor Paliza y Reverendo Dávila, podrán deponer en obsequio de la justicia, resultó que los señores Presidente, Regente y Fiscal acor– daron terminantemente y como colocados bajo el solio de la jus– ticia que ante el Tribunal de Dios, que yo fuese íntegramente res– tituido al usurpado ejercicio de mi empleo, sin que en lo sucesivo pudiesen tener lugar particulares resentimientos; como igualmente que en pr.imer acuerdo se estamparía a mi favor el referido infor– me en los términos que yo exigía j ustamente, y a que por los dichos señores Ministros se me consideraba acreedor por m is relevantes servicios; ordenando asimismo que Becerra bajo pretexto de en– fermedad fuese separado del Despacho de Gobierno para que el pueblo quedase tranquilo, y yo debidamente satisfecho de los agra– vios que había experimentado. Que todos estos puntos se habían resuelto y acordado con la condición de no oficiarme con el Exce-

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