Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814
LA REVOLUCION DEL CUSCO DE 1814 505 bano notifiqué el tal auto al Procurador de pobres Toribio Agui– lar, en su persona; doy fe de haber firmado.- Aguilar (Rúbrica). Linares (Rúbrica). Este Procurador dijo que el Defensor, se fue para Locumba y no se sabe cuando volvería. Y lo firmó. Doy fe.- Luego. Yo el Escribano notifiqué al Acusador de tal auto, en su persona. Y lo firmó; doy fe.- Barriga (Rúbr ica).- Linares (Rúbrica). Al margen.- Arequipa mayo veinticuatro de mil ochocientos quince.- En lo principal: como se pide sirviendo éste de despa· cho. En cuanto al otro sí designe esta parte el abogado defensor, y hecho acepte en la forma ordinaria. Dos rúbricas. Seiíor Gobernador Intendente.- Manuel Santayana esclavo de doña Nicolasa Salamanca, y preso en esta Real Cárcel por conexión violentada con el sistema de los revolucionarios del Cusco, y por im– putación de haber prendido al señor don José Gabriel Moscoso (que en Santa Gloria se halle), Gobernador Intendente que fue de esta Provincia, cuya causa se me está siguiendo de oficio, como mejor proceda de nuestro y al mío convenga parezco ante usted confo1·me a él y digo: Que mi causa se halla vencido a prueba y para dar la que me corresponde conviene a mi derecho el que la integridad de usted se sirva mandar librar providencia que sirva en forma de bastante despacho cometida su práctica al Alcalde Ordinario del Pueblo de Santiago de Tiabaya que lo es don Julián Salas para que éste notifique y haga saber a los soldados que lo rnn Pascual, y Carlos Manrique, y Manuel Rivera, para que com– parezcan en el Juzgado de usted en el ceñido término de veinte y cuatro horas para que estos testigos declaren cuanto les conste sobre la pregunta de mi interrogatorio sin que pongan la menor excusa ni pretexto alguno; y con responsabilidad al J uez comi– sionado si no practica la diligencia como corresponde, y no habien– do para ello la menor demora, para que tal vez puede esperar el término que se me ha restituido por mi menor edad, y por otros puntos poder.osos que alegue para ello. Por tanto y haciendo el pedimiento que más convenga.- A usted pido y suplico que en atención a lo que llevo representado así y lo provea y mande, según y en los términos que solicito. Y que la providencia que usted hubiese de librar sirva en forma de bastante despacho por ser así de j usticia que pido y para ello etc. Otrosí digo que a mi derecho conviene el que se me nombre un Abogado Defensor en mi causa,
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