Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

512 MANUEL JESUS APARICIO VEGA Por la sentencia de fojas 26 Por las cuatro notificaciones de fojas 27, y dos diligencias . . . . . . . . . . .. SUMAN DEMOSTRAC!ON 1. 1 o.o 8.1 1.1 1.1 o.o 5.0 10 .2 51.5 Derechos al señor señor Gobernador Intendente 08. 1 Yo del señor Teniente Asesor . . . . . . 10.2 Yo del Escribano .. . .. . .. . .. . .. . 51.5 Por el papel sellado del Expediente, que pasa 70.0 Por Ja de cuenta .. . .. . .. . .. . .. . . .. 70. Dice el Actuario haber puesto catorce pliegos, que a media cada uno, ascienden . . . . . . . . . . . . 00.7 70.7 Por tres pesos cuatro reales que importan los otros de esta Tasación a razón de cinco por ciento 03. 4 Importan las costas tasadas setenta 74.3 y cuatro pesos tres reales (S. Rs.) esto es sólo las procesales sin traer a consideración la del Defensor, y Procurador.- Arequipa y setiembre vein· litres de mil ochocientos quince.- Antolín Corvaclio, y Abril/ (Rúbrica). Arequipa, setiembre veintiseis de mil ochocientos quince.- Regúlanse Jos derechos del Defensor en quince pesos, y los del Procurador en seis; y requiérase al pago de esta cantidad, y de la anterior, que importan las costas Procesales a doña María Nicolasa Salamanca. como dueño del esclavo Manuel Santayana.- Pio de Tristán (Rúbrica).- Luna (Rúbrica).- Ante mi.- Francisco Javier de Linares.- (Rúbrica). Al margen.- Derechos. El Gobernador Intendente El Gobernador Asesor El Escribano Son Más 21 pesos del carcelaje del zambo. seis pesos seis pesos seis pesos Dieciocho pesos. Biblioteca Nacional del Perú. Documento W D 6126

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