Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814
522 MANl'EL JESUS APARICIO VEGA trayéndome unas cargas, con el destino de pasar hasta las Lomas o a cualquier otro puerto de seguridad poco antes de la entrada de los insurgentes en esta ciudad que después supe que regresó a Ca– banilla en calidad de preso por los insurgentes, con cuyo motivo vino de soldado de ellos; que estando aquí escapó al Pueblo de Ubi– nas donde estaba su mujer, de donde ha venido últimamente con su comercio. Que es cuanto puedo informar en obsequio de la ver– dad, en Arequipa y marzo diez y seis de mil ochocientos quince. Y lo firmo ante el presente Escirbano. Pedro Gonzales Costas (Rúbri– ca). Pasó ante mí. Francisco Javier de Linares (Rúbrica). Arequipa, marzo diecisiete de mil ochocientos quince.- Autos y Vtistos; y atento al mérito de lo actuado; como el de no haber más testigos con que adelantar esta Sumaria; póngase en libertad a Gaspar Herguinio, previa la Fianza de abono de su perSOJ!a. y con– ducta; y pago de costas en las que se le condena; y ofíciese al señor Gobernador Intendente de Puno, para que vele sobre su conduct.a– Pío de Tristán (Rúbrica). Mariano Luna (Rúbrica). Proveyó, mandó y firmó el tal auto que precede el Brigadier don Pío de Tristán Gobernador Intendente, y Vice-Patrón Real de esta Provincia Interino, en ausencia del señor propietario, este dic– tamen del señor doctor don Mariano Luna, Teniente Asesor Inte– rino, en ausencia del señor propietario, en el día de su fecha, doy te.- Francisco Javier de Linares (Rúbrica). Luego yo el Escribano, pasé a la cárcel Pública, y estando en ella, notifiqué e h ice saber el tal auto, según, y como en él se manda a Gaspar Herguinio, en su persona que lo oyó, y entendió. Dijo que para su franca libertad; como se manda buscará el fiador, que ha r:e ser y avisará. Esto dio por respuesta siendo testigos el Teniente del Alguacil Mayor y el Sargento de Guardia; doy fe.- Linares (Rúbrica). Has ahora, que somos cerca de las s iete de la noche, no apareció el Fiador, que ha de ser como está mandado; ni menos ha venido el que ha de ser, con que se ajuste las costas. Y para que conste pongo la presente.- Linares (Rúbrica). Doy fe: que con esta fecha en mi Registro de escrituras y demás contrates públicos la de fianza, mandada según a derecho por Pedro Gonzales Costas Visitador de Tabacos de Puno. Arequipa marzo die– ciocho de mil ochocientos quince. Linares (Rúbrica). Esta fecha se dirigió el oficio mandado; y caminará por la
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx