Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

42 MANUEL JESUS APARICIO VEGA gados de esta Ciudad por el sólo haber representado a este Go– bierno y en unión de treinta y cinco Ciudadanos principales mani– festando sentimientos de decidida adhesión a la Sabia Constitu– ción y exigiendo su más exacto y ejecutivo cumplimiento como el que de los dos mil y quinientos pesos extraídos del ramo de Mojonazgo para devaneos y prodigalidades superfluas se entrega– sen con preferencia a todo, al electo Diputado en Cortes para que inmediatamente se trasladase a la Península a contribuir con sus luces e instrucciones a la verdadera felicidad de esta Ciudad: se han agotado todos los recursos para que se desplieguen el odio y el resentimiento contra aquellos inocentes se han infringido las Leyes y el Majestuoso Código Constitucional colocando a aquellos titulados delincuentes en calabozos inmundos con centinelas de vista y sin comunicación alguna del tiempo de recibirles la confe– sión por medio del Comisionado Vidaurre exigió éste del Cuerpo de Prevención una Escolta de veinte y cinco hombres municionados con bala en boca para intimidar y arredrar a aquellos desgraciados se ha cometido el exceso y atentado de despojar sin causa al Tenien– te Asesor propietario del ejercicio de sus privativas funciones nom– brando un Abogado bisoño e intrigante que a impulsos de la se– ducción y respetos de aquellos Ministros y del delincuente Bece– rra no ha tenido embarazo de suscribir las Providencias que dic– taba el Regente escribía Vidaurre y trasuntaba el mismo Asesor Don Lucas Esquinigo. Solamente la humildad y respeto de estos habitantes han po– dido permitir que estas pequeñas Divinidades se petrifiquen con la arbitrariedad y con la violencia y que no conozcan límites en sus pasiones y puede asegurarse, Seremsimo Señor, que Ja mayor par– te de las convulsiones de esta Meridional han sido funestamente ex– perimentadas por el endiosamiento de los Oidores que a Ja sombra de la distancia han vejado y oprimido al Vasallo y como en el día se hallan estos habitantes escudados con la benéfica Constitución para usar libremente de su Derecho y elevar sus quejas a las Su– perioridades, se resienten aquellos Ministros porque terminaron las funciones de su despotismo. Por estos principios ha resulta– do que en la Junta Parroquial celebrada el siete del que rige en el Convento de Nuestra Señora de Las Mercedes de esta Ciudad y presidida por el Jefe reclamó el Pueblo para Ja libertad de los dos Abogados presos a quienes en el término de treinta horas ni se les había manifestado la causa de su prisión, ni se había ejecutado lo que terminantemente se previene en la Constitución: Sugerido Vuestro Presidente de los Ministros y especialmente del Párroco

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