Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814
634 MANUEL JESUS APARICIO VEGA Certificamos cómo a fojas cinco y siete del Libro Real Manual del corriente año se halla sentada la partida que sigue. Diciembre seis de mil ochocientos trece. Son cargo número doscientos pesos seis reales enterados por don Bernardo Escobar, a nombre de don José Flores Recaudador del pueblo de Capachica del Partido de Huancané correspondien– tes a la contribución provisional del semestre de San Juan del pre– sente año que con seis dichos pesos que constan enterados hasta fojas cincuenticinco de este libro, componen ciento diez pesos que sirven de abono al Subdelegado don Lizandro Benavente, sirvien– do de comprobante el oficio de remesa, y decreto de este Gobierno que se acompaña al número trescientos veintitres, doscientos pe– sos seis reales. Riva.- Masa.- Bernardo Escobar.- Así consta en dicho libro foja y partida a que nos referimos y firmamos en esta contaduría General de Hacienda Pública de Puno y diciem– bre seis de mil ochocientos trece.- José Victoriano de la Riva.– Baltazar de la Masa.- Corregida.- Pacheco.- Contribución Pro– visional. El Subdelagado de Huancané. Fecha de otra certificación.- Agosto veinte de mil ochocien– tos trece.- Son cargo doscientos cuarenta y cuatro pesos cuatro reales.- Fecha de dicha certificación. Setiembre veintidos de mil ochocientos trece. Son cargo doscientos pesos enterados. Tengo a usted encargado que la aprehensión de deudores, sea ceñida únicamente a los que Jo son, y de ningún modo a particula– res, ni licenciados con pasaportes, como ha sucedido con alguno de los que me ha dirigido: En su consecuencia, Jos gastos que se impondrán en la conducción de semejantes hombres a quienes no comprende el delito de deserción, serán de cuenta de usted sin que por ello, se descuide usted cortar interesante partidas. Dios guar– de a usted muchos años. Puno diciembre trece de mil ochocien– tos trece.- Manuel Químper (Rúbrica). Señor don José Flores. Al margen.- Mi estimado Flores; luego le libraré a usted el título que me pide; y ahora le encargo la aprehensión de deudores y de ningún modo quien ni voluntario: en ello hará usted un servicio particu– lar. Cuando estuvo Cansino de Recaudador sembró de mi cuenta varias sementeras, nada se me ha entregado, averigüe usted y aví– seme lo que hay en el particular. Recomiendo a usted a doña Ma·
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx