Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

672 MANUEL JESUS APARICIO VEGA 24? Todo dueño de casa que tenga caños o albañales, los ten– drá cubiertos y corrientes pues incomodan al paso de las aceras. 25? Las casas donde se venden vino o chicha se cierran en la ciudad a las ocho, y en los barrios a las nueve desde cuya hora no permitirá dentro de ellos, ningún comprador, bajo la pena de dos reales por cada individuo que se encuentre en ellas excedida Ja hora señalada de cerrarse. 26? Todo pelotón de gentes después de las nueve será disper– sado por las patrullas, y si diese sospecha arrestado en el vivac. Y para que llegue a noticia de todos y nadie pueda alegar igno– rancia, además de publicarse por bando, las harán entender Jos alcaldes de Barrios a sus vecinos. Cuzco 8 de mayo de 1815. En el Cuzco y Mayo nueve, mil ochocientos quince. Yo el Es– cribano receptor hice publicar el bando que antecede por voz de pregonero, en los lugares y sitios acostumbrados en la forma de estilo. Y para su constancia así Jo certifico. Cárdenas (Firmado). Archivo Histórico S. V. C. * 157 OFICIO DE JOSE ANGULO AL OBISPO JOSE PEREZ ARMENDARIZ Después de diversas contestaciones en que V. S. Iltma. se alla– nó al juramento de su Cabildo y clero exigiendo ya llanamente mi resolución designando día y hora con posterioridad al único óbice del fuero e inmunidad Eclesiástica en que repararon algunos, he visto el último con fecha 14 del corriente en que por consulta de un timorato desbarata V. S. Iltma. su opinión, sus operaciones, sus órdenes, y el sistema todo de la Patria, abriendo la puerta

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx