Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

78 MANUEL JESUS APARICIO VEGA sin embargo de haber quedado franca la ventana y entrado por ella varios individuos a sacarlo, se mantuvo renitente a salir; por lo cual volvieron a salir algunos del cuartel a solicitar la orden del •. cuartel con la que volvieron a entrar, y manifestada que fue al Ofi– dal de Guardia Don Mariano García, subió éste a los ángulos altos donde están los calabozos y abriéndolos puso en libertad a los re– feridos Doctor Arellano y Borja, quienes pasaron en derechura al Convento de la Merced y presentándose ante el señor Presidente le dieron las gracias con la mayor sumisión y rendimiento, represen– tando que habían padecido injustamente por las intrigas y maqui– naciones de los malévolos que le sugerían; que en este estado pidió el pueblo que se les diese certificaciones de hallarse aptos para la votación como que efectivamente se les dieron por su señoría, y con ellas el Doctor Arellano, como feligrés de la Parroquia del Hospital, se dirigió al Convento de San Francisco donde se hallaba la Junta y el Doctor Borja se quedó en la Merced. Que habiéndose sere– nado todos los concurrentes, se procedió a la votación con toda libertad, paz y sosiego; de suerte que el declarante como todos los demás sufragaron sus votos sin estrépito, ni violencia que indicase nulidad. Todo lo que le es constante al declarante como a testigo ocu.lar que presenció y vió lo acaecido, desde que se reunió la Junta hasta que se disolvió cerca de las nueve de la noche, sin haber fal– tado sino poco más de media hora que se retiró a su casa a tomar el alimento necesario, a cosa de la una y media del día hasta las dos poco más de la tarde. Que disuelta la Junta a dicha hora de las nueve, fue el declarante con otros muchos acompañando al se– ñor Presidente hasta su casa con muchas aclamaciones de vivas y expresiones de alegría y satisfacción. Que esta es la verdad so cargo del juramento que tiene hecho, y siéndole leída esta su declaración de principio a fin, se afirmó y ratificó en ella; expresó ser de edad de treinta y tres años, poco más o menos, que no le comprenden las generales de ley, y la firmó con su merced por ante mí de que doy fe. Rozas.- Esteban de Ludeña.- Ante mí: Mariano Meléndez Paez, Escribano de su Majestad Público y Notario Mayor. 6? Testigo el Doctor Don Pablo Juan de Alosilla, Abogado de la Real Audiencia del Reino y Cura de Macari. Incontinenti, la parte de los interesados ante el señor Alcalde de Primer Voto, presentó por testigo al Doctor Don Pablo Juan de Alosilla y Argue– das, Abogado de las Reales Audiencias del Reino y del ilustre Cole– gio de la Capital de Lima, Cura propio y Vicario de la Doctrina de Macari, de este Obispado, de quien su Merced por mí el Escribano

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