Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814
L~ REVOLUCION DEL CUSCO DE 1814 243 perjudicarle esta causa a Ja buena opinión y fama que se merezca, y en la que lo repusimos, dejándolo en plena libertad, y cancelán– dosele la fianza otorgada a fojas treinta y nueve vuelta, y manda– mos se pase oficio al Exmo. Señor Virrey, para que su Excelencia se sirva librar las providencias respectivas a fin de que se extrai– gan y rompan las actas capitulares que se hallan en los libros del Cabildo Secular de Arequipa, por las que constan las eleccio– nes hechas en tiempos del Gobierno interino de los Insurgentes Pumacahua y Angulo, en cuya parte se confirma dicha sentencia. Y por esta nuestra sentencia definitivamente juzgando en grado de revista, así lo pronunciamos, mandamos y firmamos.- Manuel Genaro de Villota.- El Marqués de Casa Calderón.- José Santia– go de Aldunale.- Antonio Caspe y Rodríguez.- El Conde ele Valle Hermoso. Dieron y pronunciaron la sentencia que antecede los señores don Manuel Genaro Villota, honorario del Supremo Consejo de Indias, Oidor de su Real Audiencia, y Gobernador de esta Real Sala; don Gaspar Zevallos y Calderón Marqués de Casa Calderón, don José Santiago Aldunate, don Antonio Caspe Rodríguez, honorario del propio Consejo de Indias, y don Manuel Plácido Berriozabal Conde de Valle Hermoso, y todos los cinco señores del Consejo de S .M., habiéndola publicado el último Señor Ministro en la ciudad de los Reyes del Perú en treinta y uno de julio de mil ocho– cientos diez y siete, siendo testigos don Manuel de Benavente, y el D. D. Pedro Corvalán, el primero Escribano de Cámara, y el se– gundo Relator de esta misma Real Sala del Crimen de que certifi– co. - Don José Vicente Gordillo y Garcés. En dos de agosto notifiqué e hice saber la sentencia de la vuelta al Procurador Justo Zumaeta a nombre del D.D. José Ma– ría Corbacho en su persona, y quedó instruido de que certifico.– Gordillo. En dicho día hice presente la sentencia que antecede al Señor Doctor don José Yrigoyen, Oidor honorario de la Real Audiencia de Chile, y Fiscal del Crimen de la de esta Capital de que certifico.– Gordillo. Concuerda este traslado con los originales de su contexto, con los que lo he corregido y concertado, y de estar cierto y verdadero así Jo certifico en Lima y Agosto ocho de mil ochocientos diez y s iete.- José Vicente Gordillo y Garcés.
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