Conspiraciones y rebeliones en el siglo XIX: la revolución del Cuzco de 1814

LA REVOLUC!ON DEL CUSCO DE 1814 561 En la ciudad del Cusco en cuatro días del mes de junio de mil ochocientos quince años. El expresado Señor Juez comisionado de esta causa, en continuación de la sumaria que está recibien– do, mandó a comparecer a Don Pablo Infantes de quien por ante mí el presente Escribano le recibió juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz según de derecho, so cargo del cual prometió decir verdad en lo que supiere y fuere preguntaao, y siéndole al tenor del oficio que va por cabeza di– jo: Que con motivo de que el declarante fue conducido del pue– blo de Limatambo donde lo prendió Vicente Lobatón asociado de otros y lo trajeron en calidad de preso a esta ciudad, se en– contró con el Dr. Don Juan Mata Chacón y Becerra que se con– ducía por la carrera de Lima en clase de Capellán de una división de gente armada, y regresando del pueblo de Zurite vino escol– tado el declarante de soldados y en su tránsito advirtió una ad– htsión y decidido entusiasmo a la insurrección, pues por atraer a su partido venía por el camino gritando dicho Becerra con "Viva la Patria y mueran los Sarracenos", que desde los caseríos que llaman de Poroy que se hallan ya cerca de esta ciudad vino el declarante solamente en compañía de dicho Becerra, sin aque– lla escolta y seguridad que habían tomado para su conducción, con cuyo motivo le aseguró que no iba de Capellán sino de Direc– t<>:r de aquella expedición, lo mismo que su amigo de confianza Dr. Muñecas, que no convenía saliesen los presos y que cargasen los aiablos con ellos, y que por 'fin era interesante a la Patria la seguridad de los puntos de Huamanga y Arequipa, que le ofre– ció proteger al declarante y recomendarlo al General de la insu– nección José Angulo y continuar su expedición para Arequipa, como así lo hizo. Y que esta es la veraad so cargo del juramen– to que hecho tiene en que después de leída esta su declaración se afirmó y ratificó, expresando ser de edad de treinta y cuatro años, que no le comprenden las generales de la Ley y la firmó con dicho Señor Juez Comisionado, de que doy fe.- Pablo Infan– tas (una rúbrica). Urbina (una rúbrica). Ante mí. Juan Clemen– te Jordán (una rúbrica). En la ciudad del Cusco en ocho días del mes de junio de mil ochocientos quince años. El Señor Juez Comisionado de esta cau– sa, mandó comparecer al Capitán Don Domingo Mollinedo, vecino español de quien por ante el presente Escribano le recibió jura– mento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y a una señal de Cruz

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